El impuesto a la valija, que pareció quedar desactivado en mayo cuando la Corte Suprema de la Nación lo declaró ilegítimo, ha recuperado el oxígeno. Un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Primera Nominación, la misma que debe resolver los casos de Río Cuarto, acaba de dejar de lado el criterio del máximo tribunal y sentenció que ese tributo, que se cobra a las empresas foráneas que no tienen sede en una ciudad pero sí comercian allí sus productos, está bien cobrado. Le dio la razón al Municipio de Laguna Larga en un juicio contra YPF.
Héctor Villegas Ninci, el abogado que asesora a Río Cuarto en el cobro de ese polémico impuesto, declaró que el Municipio deberá seguir cobrándoles sin inconvenientes a las empresas porque todavía queda un largo camino judicial por recorrer y, hasta ahora, una gran cantidad de fallos jurídicos y técnicos señalan que el impuesto a la valija es legítimo.
Río Cuarto comenzó a cobrar ese tributo en los ‘90. Inmediatamente, generó polémica.
El criterio usado es que, si bien esas empresas no tienen sucursales en la ciudad, sus productos circulan y les generan ganancias y, además, esas firmas utilizan los servicios públicos para realizar esa actividad. Que el Municipio demuestre que representantes de la empresa han tenido gastos es esencial en los litigios judiciales porque así se demuestra que se han usado los servicios públicos aunque sea de manera genérica y no particular.
En mayo, un fallo de la Corte Suprema le dio un golpe de gracia al impuesto a la valija: lo declaró ilegítimo en el juicio de Córdoba contra el Laboratorio Raffo. Y devolvió los antecedentes al Tribunal Superior para que emitiera un nuevo fallo. Ahora, se conoció la primera sentencia de la Cámara que tendrá a su cargo una veintena de juicios que las empresas iniciaron en Río Cuarto.
Villegas Ninci, que ayer estuvo en la ciudad para darles a conocer la noticia a los funcionarios municipales, manifestó que, si bien la sentencia no es directamente aplicable a todos los casos, establece un criterio favorable.
“Lo importante del pronunciamiento es que había una expectativa muy especial porque se publicitó un fallo de la Corte en el caso de Laboratorios Raffo que, a nuestro criterio, no fue bien difundido. Parecía que la Corte había definido y cerrado el tema del impuesto a la valija y parecía que los que no tenían local no debían tributar. Eso no era cierto, no lo fue nunca. En realidad, hubo un dictamen del procurador pero no fue aceptado a pleno por la Corte sino que se limitó a remitir de nuevo al Superior Tribunal el expediente para que sea revisado, pero no declaró la inconstitucionalidad ni avanzó sobre las cuestiones provinciales”, manifestó el abogado cordobés en conferencia de prensa.
Villegas Ninci agregó: “El fallo de la Cámara Contenciosa de Córdoba, que es el fuero especializado, le da la razón a la Municipalidad de Laguna Larga contra YPF. Lo más importante es que, conociendo el criterio de la Corte, hace mención expresa de que no es aplicable en esta situación. Señala que el tributo está bien cobrado porque se ha evaluado que existe una actividad que se desarrolla de parte de una estación de servicio y acepta el criterio de que no hace falta que haya un local para cobrarlo sino que alcanza con un bien o una actividad desarrollada en la ciudad”.
Es decir, si una empresa utiliza los servicios públicos de alguna manera, el Municipio tiene derecho a cobrarle el impuesto al Comerio y la Industria, según el criterio de la Cámara cordobesa.
Villegas Ninci dijo que la nueva sentencia seguramente será apelada ante el Tribunal Superior y que todavía queda una larga pelea.
“No habrá devolución”
El abogado tributarista Héctor Villegas Ninci, asesor del gobierno municipal, aseguró que no existe riesgo de que el Estado local, si pierde definitivamente los juicios, deba devolver los millones que les cobró a las empresas.
“Hay que tener en cuenta que, en la gran mayoría de los casos, las empresas se allanaron y han aceptado el criterio. Sólo un grupo reducido de firmas ha estado litigando.
En el peor de los casos, no podría prosperar una devolución de dinero. A veces se le da un matiz catastrófico al tema pero entre el 90 y el 95 por ciento de las empresas han aceptado el criterio municipal y pagan todo los meses”, dijo el abogado cordobés.