El Emos oficializó que irá a la Justicia por el caso Urú
El directorio avaló la denuncia policial hecha por el director obrero, Gastón Álvarez, quien detectó la conexión clandestina. Enviará las pruebas a la Fiscalía. Además, habrá una multa de hasta $ 790 mil.
Finalmente, el directorio del Emos resolvió que seguirá el camino judicial por la conexión clandestina detectada dentro del club Urú Curé. Ayer, a través de una resolución firmada por los tres directores oficialistas, se oficializó que el ente municipal le aportará a la Fiscalía que intervenga las pruebas necesarias en el marco de la investigación; además, le pedirá al Tribunal de Faltas del Municipio que aplique la multa que corresponde y que podría llegar a los 790 mil pesos.
Así, se confirmó la información que PUNTAL publicó hace una semana y que señalaba que el Emos activaría una denuncia penal contra Urú Curé después de que se descubriera que el club de rugby venía utilizando una cañería ilegal de gran dimensión -el doble de lo autorizado para una conexión especial- para regar una plantación de álamos, su cancha de hockey y, presumiblemente, llenar su pileta.
A inicios de semana, el club había emitido un comunicado que no convenció: decía que el caño cuestionado era preexistente; es decir, que no sabían que era ilegal, ni quien lo instaló aunque vinieran usándolo desde hace, presumiblemente, ocho años.
En su resolución, Emos ratificó todo lo que realizó Gastón Álvarez, director obrero, quien tuvo una acalorada discusión con directivos de Urú Curé por la deuda y que fue a restringir el agua al predio del club.
En el texto, el directorio plantea que Urú Curé venía ignorando todas las notificaciones para que regularizara su deuda.
Sordo a las intimaciones
En sus párrafos centrales, la resolución del Emos señala:
- “Cumplidos por parte del Emos todos los recaudos de intimación de pagos necesarios, se emitió una resolución el 27 de diciembre de 2017 ordenando se proceda a la restricción del servicio de agua potable como consecuencia de la falta de pago y por haber el deudor hecho caso omiso a la innumerable cantidad de intimaciones que fueron cursadas por este organismo”.
- “Al realizar la operatividad del sistema de restricción y merma de presión, acudieron al lugar cuadrillas del Emos, quienes realizada su labor, ingresan a posteriori al barrio Soles del Oeste por repetidos reclamos de una pérdida de agua, la cual -se estimó- podía obedecer a una conexión propia de un frentista. Al momento se comienza la excavación para subsanar la pérdida en cuestión, la cual llegados los agentes a la red troncal del servicio, detectan la anomalía de la misma sabiendo que la cañería que servía como conexión presentaba un diámetro de dos pulgadas (máximo permitido una pulgada), considerando el mencionado diámetro como excesivo por el caudal que aportaría a un único frentista”.
- “Ante tal situación, el personal del Emos, una vez identificada la cañería encontrada, dio intervención a la División Usuarios para que aporte información sobre presentación de planos y registros de la misma en la documentación y procedimiento competente a quien quisiera solicitarla. En forma inmediata, desde la División señalada informan la falta de documentación y la inexistencia en los registros y archivos de la mencionada conexión en legal y normal forma”.
- “Ante lo sucedido se apersonó en el lugar donde obraba la conexión irregular el director obrero, Gastón Álvarez Luca, acompañado por agentes uniformados de la Policía de la Provincia seccional Abilene, a quienes se les solicitó la presencia a los fines de constatar lo que sucedía, labrándose en consecuencia el acta respectiva donde se dejó asentado todo el procedimiento, acta que fuera ratificada por el denunciante en sede policial en cumplimiento de sus deberes como funcionario público frente al conocimiento de un presunto hecho ilícito”.
- “Sin perjuicio de que el club Urú Curé se encuentre actualmente en vías regularizar su deuda con la suscripción de los pertinentes planes de pago -caso contrario se procederá con la ejecución judicial de la deuda- y en virtud a cómo se fueron desarrollando los acontecimientos y que tomaron estado público con una amplia difusión, este directorio entiende que se torna necesario -dentro de las facultades que le son inherentes- ratificar y avalar todo lo actuado por el director Gastón Álvarez Luca, por cuanto su conducta estuvo dirigida a velar y cumplir con las funciones que le son propias y para las cuales fuera designado como miembro del directorio del Emos”.
A partir de ese relato de los hechos, en la resolución propiamente dicha el directorio le dio aval a lo que realizó Álvarez y ratificó lo que se hizo al detectarse la conexión clandestina de un caño de agua “y que estaba siendo utilizado por el club Urú Curé de manera irregular”.
En el artículo segundo de la resolución ya se plantea la vía judicial y se decide “remitir a la Fiscalía de Instrucción interviniente de los Tribunales Ordinarios toda la documentación obrante en Emos y que tengan relación con el hecho acontenido a los fines de la investigación judicial pertinente”.
En los hechos, ya hay una denuncia policial, que se transformará en judicial cuando pase a la Fiscalía que estaba de turno cuando se produjeron los hechos.
En el artículo tercero se define enviar el caso y las pruebas al Tribunal de Faltas para que aplique la multa que corresponda por la conexión clandestina y el daño a una obra pública.
Así, se confirmó la información que PUNTAL publicó hace una semana y que señalaba que el Emos activaría una denuncia penal contra Urú Curé después de que se descubriera que el club de rugby venía utilizando una cañería ilegal de gran dimensión -el doble de lo autorizado para una conexión especial- para regar una plantación de álamos, su cancha de hockey y, presumiblemente, llenar su pileta.
A inicios de semana, el club había emitido un comunicado que no convenció: decía que el caño cuestionado era preexistente; es decir, que no sabían que era ilegal, ni quien lo instaló aunque vinieran usándolo desde hace, presumiblemente, ocho años.
En su resolución, Emos ratificó todo lo que realizó Gastón Álvarez, director obrero, quien tuvo una acalorada discusión con directivos de Urú Curé por la deuda y que fue a restringir el agua al predio del club.
En el texto, el directorio plantea que Urú Curé venía ignorando todas las notificaciones para que regularizara su deuda.
Sordo a las intimaciones
En sus párrafos centrales, la resolución del Emos señala:
- “Cumplidos por parte del Emos todos los recaudos de intimación de pagos necesarios, se emitió una resolución el 27 de diciembre de 2017 ordenando se proceda a la restricción del servicio de agua potable como consecuencia de la falta de pago y por haber el deudor hecho caso omiso a la innumerable cantidad de intimaciones que fueron cursadas por este organismo”.
- “Al realizar la operatividad del sistema de restricción y merma de presión, acudieron al lugar cuadrillas del Emos, quienes realizada su labor, ingresan a posteriori al barrio Soles del Oeste por repetidos reclamos de una pérdida de agua, la cual -se estimó- podía obedecer a una conexión propia de un frentista. Al momento se comienza la excavación para subsanar la pérdida en cuestión, la cual llegados los agentes a la red troncal del servicio, detectan la anomalía de la misma sabiendo que la cañería que servía como conexión presentaba un diámetro de dos pulgadas (máximo permitido una pulgada), considerando el mencionado diámetro como excesivo por el caudal que aportaría a un único frentista”.
- “Ante tal situación, el personal del Emos, una vez identificada la cañería encontrada, dio intervención a la División Usuarios para que aporte información sobre presentación de planos y registros de la misma en la documentación y procedimiento competente a quien quisiera solicitarla. En forma inmediata, desde la División señalada informan la falta de documentación y la inexistencia en los registros y archivos de la mencionada conexión en legal y normal forma”.
- “Ante lo sucedido se apersonó en el lugar donde obraba la conexión irregular el director obrero, Gastón Álvarez Luca, acompañado por agentes uniformados de la Policía de la Provincia seccional Abilene, a quienes se les solicitó la presencia a los fines de constatar lo que sucedía, labrándose en consecuencia el acta respectiva donde se dejó asentado todo el procedimiento, acta que fuera ratificada por el denunciante en sede policial en cumplimiento de sus deberes como funcionario público frente al conocimiento de un presunto hecho ilícito”.
- “Sin perjuicio de que el club Urú Curé se encuentre actualmente en vías regularizar su deuda con la suscripción de los pertinentes planes de pago -caso contrario se procederá con la ejecución judicial de la deuda- y en virtud a cómo se fueron desarrollando los acontecimientos y que tomaron estado público con una amplia difusión, este directorio entiende que se torna necesario -dentro de las facultades que le son inherentes- ratificar y avalar todo lo actuado por el director Gastón Álvarez Luca, por cuanto su conducta estuvo dirigida a velar y cumplir con las funciones que le son propias y para las cuales fuera designado como miembro del directorio del Emos”.
A partir de ese relato de los hechos, en la resolución propiamente dicha el directorio le dio aval a lo que realizó Álvarez y ratificó lo que se hizo al detectarse la conexión clandestina de un caño de agua “y que estaba siendo utilizado por el club Urú Curé de manera irregular”.
En el artículo segundo de la resolución ya se plantea la vía judicial y se decide “remitir a la Fiscalía de Instrucción interviniente de los Tribunales Ordinarios toda la documentación obrante en Emos y que tengan relación con el hecho acontenido a los fines de la investigación judicial pertinente”.
En los hechos, ya hay una denuncia policial, que se transformará en judicial cuando pase a la Fiscalía que estaba de turno cuando se produjeron los hechos.
En el artículo tercero se define enviar el caso y las pruebas al Tribunal de Faltas para que aplique la multa que corresponda por la conexión clandestina y el daño a una obra pública.