La defensa de Dagatti pidió que se lo libere, tal como ordenó la Cámara
El abogado Matías Pueyrredón reclamó ante el juez de control que se haga efectiva la disposición de la Cámara de Acusación, que determinó que todas las actuaciones de la causa son nulas, desde la imputación en adelante
Fueron dos decisiones judiciales casi simultáneas. Una, la de la Cámara de Acusación de Córdoba, que dispuso que se liberara al empresario Alicio Dagatti, a su hijo Ignacio, y a los otros tres imputados. En esa resolución, declaró que todos los actos que se produjeron desde la detención en adelante deben ser considerados nulos. Sin embargo, el fiscal Enrique Gavier, casi al mismo momento, dispuso la prisión preventiva de los imputados, a los que acusa de asociación ilícita por el presunto ingreso de teléfonos y estupefacientes en un camión frigorífico al penal de Bouwer.
¿Cuál de las dos resoluciones judiciales es válida?¿La de la Cámara de Acusación o la del fiscal, que son contradictorias entre sí?
Para el abogado de Dagatti, Matías Pueyrredón, no hay ninguna duda:como la Cámara determinó que todos los actos de la causa son nulos a partir del decreto de detención y de imputación, todas las acciones posteriores, incluida la prisión preventiva, también lo son. Por eso, ayer presentó ante el Juzgado de Control un pedido para que proceda a ordenar la libertad que dictó la Cámara de Acusación.
“No es habitual que haya ocurrido lo que ocurrió, sobre todo con la simultaneidad con que se produjeron las dos decisiones. Una de las cuestiones que le pedimos precisamente al juez es que establezca cuál fue la primera resolución y cuál fue la segunda. No queda claro cuándo salió una y cuándo otra, cuándo fueron emitidas. Las dos se produjeron el día jueves, pero no sabemos los momentos. Depende de cuándo hayan salido los efectos jurídicos pueden ser diferentes. Pero lo que es sumamente interesante para la defensa es la resolución de la Cámara, que es muy importante porque al fin y al cabo confirma la postura que nosotros tuvimos desde el inicio:que acá no había prueba y que, por eso, no estaban fundados los decretos de detención e imputación. Para nosotros fue un gran logro pero nos dimos de forma simultánea con la resolución del fiscal”, indicó Pueyrredón.
El defensor agregó que la relevancia de la resolución de la Cámara está centrada en que no estableció un criterio con respecto a un eventual peligro procesal sino que fue más allá:determinó que las actuaciones son nulas. “Eso hace que la decisión de la Cámara de Acusación no sea abstracta. No es que se refiere a un hecho puntual ya resuelto, sino que se para en un punto anterior y señala que hay nulidad. La Cámara sostiene que no solamente es nulo el decreto de detención sino que también todos los actos vinculados y subsecuentes a ese decreto también son nulos. Con lo cual, la prisión preventiva, que se basa en la imputación y en las manifestaciones que habría realizado Alicio Dagatti en una ampliación de declaración, no debería tener ningún efecto. Como la Cámara entiende que el origen es nulo, todo lo que sigue después también lo es”, detalló Pueyrredón.
Tiempos
El abogado de Dagatti pidió que se haga operativa la resolución dispuesta por la Cámara. “Imagino que el juez resolverá de forma rápida, porque además conoce la causa. Tengo la expectativa de que al menos se resuelva rápido y ya le adelanto al juez que si estimara que prevalece la preventiva ante la resolución nulificante dispuesta por la Cámara, a la mayor brevedad voy a volver a recurrir para pedir la nulidad de la prisión preventiva”, detalló el abogado.
La detención de Dagatti, de su hijo y de otras tres personas se produjo el 4 de diciembre de 2024, hace algo más de tres meses. Desde el principio, la defensa del empresario cuestionó las resoluciones y disposiciones de Gavier por considerar que fueron arbitrarias e infundadas. Por eso, desde el inicio viene reclamando que se resuelva la libertad porque, además, no implican peligro para el desarrollo del proceso.
La resolución de la Cámara de Acusación
“Declarar de oficio la nulidad absoluta de los decretos de detención de los imputados Alicio Osvaldo Dagatti y Alicio Ignacio Dagatti (ambos de fecha 3/12/2024) y de la resolución del Juzgado de Control (A, 374 de fecha 20/12/2024), y de los actos consecutivos de que aquél dependan… Y en consecuencia, deberá disponerse la libertad de los imputados mencionados”.