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Córdoba tiene su ley del arrepentido y es más severa que la nacional

Incorpora artículos que establecen obligaciones para el confesor. Prevé prisión preventiva en caso de falso testimonio. Fue aprobada el miércoles en la Legislatura después de una negociación entre el PJ y la oposición.
 
La provincia de Córdoba ya tiene su propia versión de la denominada “ley del arrepentido”. El proyecto correspondiente fue sancionado el pasado miércoles en la Legislatura, con la aprobación de 58 representantes y el rechazo de sólo tres.

La nueva norma recoge el espíritu de las leyes existentes en distintas partes del mundo, en tanto permite reducir la pena a personas que participaron de un delito, si brindan información que ayuda en la investigación del mismo. 

La existencia de normas de esta índole ha sido clave para avanzar en investigaciones de magnitud, como la megacausa de los cuadernos que involucra a ex y actuales funcionarios nacionales con empresarios en una extendida trama de corrupción. Previamente, la delación de investigados permitió aceitar las pesquisas en el denominado Lava Jato, en Brasil.

Pero, a diferencia de otras normativas, la cordobesa incluye aspectos que endurecen las condiciones para obtener un beneficio en el proceso a quien solicite acogerse a ella. En primer lugar, prevé prisión preventiva para quien incurriere en un testimonio falso. En segunda instancia, exige al imputado “arrepentido” una propuesta de devolución de los bienes obtenidos por el delito del que se lo acusa.

El proyecto fue elaborado por el legislador Javier Bee Sellares, representante de Juntos por Córdoba y de extracción radical. Es además el primer despacho proveniente de un bloque opositor que se ha aprobado en la Unicameral en los últimos tiempos.

“La ley nacional 27.304 prevé que las provincias deben adecuar sus normas procesales. La ley que aprobamos modifica el Código Procesal Penal de Córdoba para incorporar la figura del imputado arrepentido”, precisa el exsecretario de Gobierno de la ciudad de Córdoba. 

“La figura existía para delitos penales como el narcotráfico o el lavado de activos, pero no para aquellos que tenían que ver con la administración pública. Desde 2016 comienza a existir para delitos vinculados a la corrupción. Ha mostrado ser, a nivel mundial, una herramienta que puede servir para acelerar causas sobre delitos complejos”, añade.

En ese marco, el parlamentario opositor remarca que la normativa autóctona es más severa que la nacional merced a dos artículos clave.

“En el acuerdo que celebra con el fiscal, el imputado arrepentido debe presentar una propuesta concreta de restitución de los fondos o bienes que se llevó por el ilícito que cometió. Eso lo reclama la sociedad. Porque el concepto era que el imputado declara, queda en libertad y después pasa a buscar una menor pena por la atenuación del delito”, explica Bee Sellares. 

“A eso hemos agregado que, en el caso de que el imputado mienta, corresponde prisión preventiva por entorpecimiento funcional. O sea, no goza más del beneficio de la excarcelación porque entorpece el avance de la causa. Queremos evitar que desvíe el eje de la investigación y haga perder tiempo”, amplía.

En uno y otro caso, el juez tendrá un tiempo límite de un año para corroborar la veracidad de la información que le brinde el imputado. “A diferencia de la ley nacional, en Córdoba el plazo es perentorio para no dilatar el proceso”, concluye el legislador. 

Prudencia

La nueva ley, que entraría en vigencia el próximo año, también cubriría un vacío en la materia que afectaba no sólo a las investigaciones por corrupción. 

Veinte días atrás, Enrique Gavier, fiscal de Delitos Complejos, pidió aplicar la figura del arrepentido en una causa de un delito penal económico. El juez de Control Milton Peralta respondió que no existía una instrucción de Fiscalía General al respecto y tampoco una normativa provincial que regulara el procedimiento.

“Ese fue un caso palmario. No involucraba a funcionarios, pero era un delito penal económico. Ahora, la norma sirve también para asociación ilícita, estafas, etc”, manifiesta Bee Sellares.

Precisamente, el mencionado Gavier reconoció que la nueva norma es “una herramienta de suma utilidad, sobre todo para esclarecer hechos de delincuencia organizada”. No obstante, reparó que debe usarse “con prudencia”.

Luis Zegarra

Corresponsalía