Autopsia por femicidio en Córdoba: cinco puñaladas fueron mortales
La autopsia de Rocío Gómez confirmó shock hipovolémico por heridas de arma blanca. Braudaco incumplió su condena condicional
La autopsia practicada sobre el cuerpo de Rocío Belén Gómez, la joven de 25 años asesinada en la localidad de Santa María de Punilla, aportó datos estremecedores sobre la magnitud del ataque. Según el informe preliminar difundido por el Ministerio Público Fiscal de Córdoba, la causa de muerte fue un shock hipovolémico provocado por múltiples heridas punzantes, presuntamente ocasionadas con un arma blanca. Cinco de esas lesiones afectaron órganos vitales, y la más grave perforó un pulmón y seccionó la aorta, generando una hemorragia masiva que resultó fatal.
Crimen en Santa María de Punilla
El crimen ocurrió durante la madrugada del lunes en una vivienda ubicada en la esquina de Independencia y Echeverría, en el barrio Santa María Oeste. Rocío, madre de tres hijas menores de edad, y su expareja Maximiliano Braudaco, de 40 años, se habían reunido allí para ver la final del Mundial. Con el correr de las horas, una discusión derivó en una agresión física y luego en el ataque mortal.
La madre de Rocío intentó intervenir para frenar la violencia, pero no lo logró y salió a buscar ayuda. Al regresar, encontró a su hija sin vida. Braudaco escapó del lugar, pero minutos después se cruzó con un vecino que notó que tenía una mano ensangrentada.
¿Por qué tenés sangre en la mano?
Ante esa pregunta, el acusado respondió sin rodeos:
Apuñalé a Rocío
Con esa información, la Policía de Córdoba desplegó un operativo cerrojo y detuvo a Braudaco a pocas cuadras del lugar del crimen. El mismo vecino señaló que el hombre estaba borracho cuando pasó por la zona.
Antecedentes y condena incumplida
La causa judicial reveló que Braudaco no era un desconocido para el sistema penal. El 2 de octubre de 2025, la Cámara en lo Criminal y Correccional de Cruz del Eje lo había condenado a dos años y seis meses de prisión condicional por los delitos de coacción y daño calificado, en el marco de un juicio abreviado. La denuncia original había sido presentada por Miriam Noemí Palacios, madre de Rocío.
La sentencia incluía reglas de conducta estrictas: abstenerse de consumir estupefacientes o abusar del alcohol, presentarse ante el Patronato del Liberado, realizar tareas comunitarias no remuneradas durante cuatro horas semanales por un año, finalizar sus estudios básicos, mantener una restricción de contacto con la denunciante y someterse a tratamiento psicoterapéutico por violencia familiar y adicciones. Ninguna de esas condiciones fue cumplida.
Patricia Corbalán, directora del Patronato del Liberado del Ministerio de Justicia y Trabajo provincial, confirmó los incumplimientos. Según relató, tras ser notificado, Braudaco se presentó dos veces ante el organismo. En la primera visita admitió no haber cumplido nada. En la segunda, ocurrida en julio de este año, dijo haber iniciado un tratamiento psicológico en Bialet Massé, aunque no lo continuó y tampoco presentó certificación alguna que lo acreditara. El Patronato informó los incumplimientos al Juzgado de Ejecución 1 de la ciudad de Córdoba.
La tía de la víctima declaró que, pese a las restricciones judiciales, el agresor seguía acercándose a la vivienda y que también había ejercido violencia contra la madre de Rocío, quien en una oportunidad tuvo que saltar por una ventana para pedir ayuda.
La investigación quedó a cargo de la fiscal Silvana Pen, de la Fiscalía de Instrucción de Cosquín, quien imputó a Braudaco por homicidio calificado por el vínculo y por mediar violencia de género, delito que prevé como única pena la prisión perpetua.