Boudou y Núñez Carmona fueron alojados en Ezeiza
El ex vicepresidente y su socio fueron detenidos tras ser condenados a raíz de la compra de la ex calcográfica. La Justicia ordenó enviarlos a prisión ante el riesgo procesal.
Luego de que el Tribunal Oral los condenara y dispusiera su inmediata detención por el caso Ciccone, el ex vicepresidente Amado Boudou y su amigo José María Núñez Carmona fueron esposados en plena sala AMIA ubicada en el subsuelo de los tribunales de Comodoro Py y trasladados de regreso al penal de Ezeiza.
Ambos imputados permanecieron en la sala por orden del Tribunal luego de que dictara veredicto y decidiera desalojar al resto de los acusados: fue entonces cuando ingresaron agentes del Servicio Penitenciario Federal (SPF) con chalecos antibalas y esposas para detenerlos.
Los efectivos primero despojaron a Boudou y Núñez Carmona de sus respectivos celulares y se los entregaron a sus abogados, tras lo cual sólo hubo lugar para la despedida.
Boudou y Núñez Carmona luego fueron trasladados esposados a la Unidad 29 del Servicio Penitenciario Federal (SPF) y desde allí al penal de Ezeiza.
Por el riesgo procesal
Boudou y Núñez Carmona fueron detenidos por "riesgos procesales como el peligro de fuga" y el "posible apriete a testigos" ya que aún el caso Ciccone sigue siendo materia de investigación hacia otros implicados.
Así lo indicó el Tribunal Oral Federal 4 en los fundamentos de la prisión preventiva -esto es sin condena firme- de ambos ex funcionarios, aunque el fallo tuvo el voto mayoritario de Pablo Bertuzzi y Néstor Costabel y la disidencia parcial de Gabriela López Iñiguez.
Sucede que por el caso Ciccone sigue en pie una causa paralela, en la que el ex titular de la Afip Ricardo Echegaray y otros empresarios están siendo investigados en primera instancia por el juez federal Ariel Lijo.
López Iníguez votó a favor de que mantuvieran la libertad Boudou y Núñez Carmona pero que se les fijara la prohibición de salida del país, la retención del pasaporte, la obligación de presentarse todos los meses en Tribunales y establecer domicilio fijo.
Bertuzzi y Costabel evaluaron que con la condena existían "riesgos procesales" como el peligro de fuga o el entorpecimiento a partir del apriete a los testigos: por eso hablaron de "razones suficientes de peso" para disponer las detenciones y no esperar a que la condena quede firme tras los recursos de apelación.
Además, evaluaron que durante la investigación no se pudo dar con documentación de la Inspección General de Justicia (IGJ) y que ese elemento, sumado a la situación de los testigos, los convenció en disponer las detenciones.
Ambos imputados permanecieron en la sala por orden del Tribunal luego de que dictara veredicto y decidiera desalojar al resto de los acusados: fue entonces cuando ingresaron agentes del Servicio Penitenciario Federal (SPF) con chalecos antibalas y esposas para detenerlos.
Los efectivos primero despojaron a Boudou y Núñez Carmona de sus respectivos celulares y se los entregaron a sus abogados, tras lo cual sólo hubo lugar para la despedida.
Boudou y Núñez Carmona luego fueron trasladados esposados a la Unidad 29 del Servicio Penitenciario Federal (SPF) y desde allí al penal de Ezeiza.
Por el riesgo procesal
Boudou y Núñez Carmona fueron detenidos por "riesgos procesales como el peligro de fuga" y el "posible apriete a testigos" ya que aún el caso Ciccone sigue siendo materia de investigación hacia otros implicados.
Así lo indicó el Tribunal Oral Federal 4 en los fundamentos de la prisión preventiva -esto es sin condena firme- de ambos ex funcionarios, aunque el fallo tuvo el voto mayoritario de Pablo Bertuzzi y Néstor Costabel y la disidencia parcial de Gabriela López Iñiguez.
Sucede que por el caso Ciccone sigue en pie una causa paralela, en la que el ex titular de la Afip Ricardo Echegaray y otros empresarios están siendo investigados en primera instancia por el juez federal Ariel Lijo.
López Iníguez votó a favor de que mantuvieran la libertad Boudou y Núñez Carmona pero que se les fijara la prohibición de salida del país, la retención del pasaporte, la obligación de presentarse todos los meses en Tribunales y establecer domicilio fijo.
Bertuzzi y Costabel evaluaron que con la condena existían "riesgos procesales" como el peligro de fuga o el entorpecimiento a partir del apriete a los testigos: por eso hablaron de "razones suficientes de peso" para disponer las detenciones y no esperar a que la condena quede firme tras los recursos de apelación.
Además, evaluaron que durante la investigación no se pudo dar con documentación de la Inspección General de Justicia (IGJ) y que ese elemento, sumado a la situación de los testigos, los convenció en disponer las detenciones.