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Causa Di Santo: rechazaron la recusación al tribunal y los imputados podrán no asistir presencialmente

En la segunda audiencia del juicio por delitos de lesa humanidad cometidos en Río Cuarto y la región durante el terrorismo de Estado, el Tribunal Oral Federal N.º 1 de Córdoba rechazó la recusación presentada contra sus integrantes y aceptó el pedido de la defensa para que los 21 imputados no estén presentes físicamente en las audiencias

El Tribunal Oral Federal N.º 1 de Córdoba rechazó la recusación presentada contra sus integrantes y resolvió a favor del planteo de la defensa para que los imputados no tengan que asistir presencialmente a las audiencias, en el marco de la causa Di Santo.

La decisión se conoció durante la segunda audiencia del juicio, en el que se juzgan hechos vinculados con el terrorismo de Estado perpetrados en Río Cuarto y la región.

La recusación había sido planteada por uno de los imputados y posteriormente fundamentada por un abogado de la Defensoría Pública.

Tras analizar la presentación, el tribunal resolvió rechazarla y continuar con el proceso judicial.

En la misma audiencia, los magistrados hicieron lugar al pedido de la defensa respecto de la no presencialidad de los 21 imputados, una decisión que establece las condiciones de participación de los acusados durante el desarrollo del debate.

El juicio se desarrolla ante el Tribunal Oral Federal N.º 1 de Córdoba y aborda hechos cometidos durante la última dictadura cívico-militar, en una causa de relevancia para la reconstrucción de la verdad y el juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad sufridos por víctimas de Río Cuarto y localidades de la región.