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La Justicia suspendió una cautelar que impedía aplicar la nueva ley jubilatoria

La Cámara Contencioso Administrativa de Tercera resolvió conceder la apelación presentada por la Caja de Jubilaciones contra una medida cautelar que ordenaba no imponer las nuevas alícuotas de aportes personales

 

El gobierno provincial logró frenar la medida cautelar que le impedía aplicar las nuevas escalas de aportes jubilatorios que fueron votadas a finales del año pasado.

Según informó la Provincia, la Cámara Contencioso Administrativa de 3º Nominación resolvió conceder el recurso de apelación presentado por la Caja de Jubilaciones de Córdoba contra una medida cautelar que impedía aplicar las nuevas alícuotas de aportes personales a una beneficiaria del sistema previsional provincial.

El tribunal revisó el Auto Nº 278 del 30 de diciembre, que había hecho lugar a la medida de no innovar solicitada por la amparista. En esa medida de no innovar se había ordenado a la Caja de Jubilaciones abstenerse de aplicar el artículo 2 de la Resolución Nº 496 Letra D/2025 del Ministerio de Economía y Gestión Pública sobre los haberes de la demandante, hasta la resolución definitiva del amparo.

Pero ese panorama cambió con la nueva disposición judicial. Porque al conceder la apelación con efecto suspensivo, la Cámara determinó que la cautelar no podrá ejecutarse mientras el Tribunal Superior de Justicia analiza y resuelve el recurso. Es decir, la orden que impedía aplicar la normativa cuestionada queda momentáneamente sin efecto hasta que exista un pronunciamiento definitivo.

La ley 11.087, que se aprobó a fines de 2025, declara la emergencia previsional en la provincia por un plazo de cinco años, con posibilidad de que se prorroge por cinco años más.

La ley implementó aportes progresivos (2% a 8%) para trabajadores activos y un nuevo aporte solidario para jubilados de altos ingres os. Se eliminó el aporte fijo y se estableció un nuevo esquema progresivo según los niveles de ingresos.