“La ley de propiedad intelectual obedece al marco constitucional. Hubo un decreto reglamentario que modificó al anterior y que tiene una visión más restrictiva sobre qué eventos deben pagar y cuáles no. La nueva disposición dice que aquellos eventos de carácter privado, es decir a los que podés entrar sólo si sos invitado, quedan excluidos de pagar derechos de propiedad intelectual”, manifestó el defensor Daniel Frangie.
En este punto, no interesa si se debe pagar entrada o no, sino la tipología del evento. Si no es abierto, es decir si hay una restricción determinada por una invitación, no es relevante si hay que pagar entrada o no. Si hay invitados, entonces no corresponde pagar derechos de autor. Aplica para egresos, fiestas de 15, casamientos, entre otros.
“La opinión del equipo jurídico de la Defensoría es que ni los que contratan el servicio ni los que lo prestan están obligados a pagar Sadaic y Aadi Capif. A las fiestas de egreso, a los casamientos, entran quienes están en la lista de invitados. En esos casos no se pagan derechos de autor”, manifestó el defensor.
Y agregó:“Por Carta Orgánica y por ordenanza se establece que la Defensoría del Pueblo tiene que proteger los derechos difusos. Acá podría decirse que hay un interés difuso. Cuando recibimos las inquietudes, empezamos a investigar, hicimos una interpretación y establecimos un criterio. Como poder de policía es lo máximo que podemos hacer. Pero no nos vamos a quedar ahí sino que vamos a reunirnos con la delegación local de la Defensoría del Pueblo de la Nación para comunicar nuestro criterio y también vamos a hablar con los organismos de control de aplicación para que sepan cómo actuar si se pretende clausurar una fiesta por este tipo de impuestos”, indicó Frangie.
El defensor manifestó que en donde no existe ningún tipo de confusión es en que quienes contratan el servicio no deben pagar. Incluso Sadaic reconoce que si hay una fiesta de 15 con invitados, los padres no deben pagar el derecho de autor porque así lo establece el decreto. Sin embargo, sostiene que sí deben pagarlo los organizadores.
“Si se trata de una fiesta de 15 no importa si la hacés en tu casa o la Rural. No se debe pagar”.
“Nosotros entendemos que no. A nuestro entender no está en discusión quién organiza el evento, sino las características del evento en sí y que aparecen en el decreto. Si se trata de una fiesta de 15 no importa si la hacés en tu casa o en la Rural. Lo que no está gravado ahora es ese evento en sí porque a ese cumpleaños van solamente los invitados”, planteó Frangie.
“Al considerar el evento, no importa si los hacés en tu casa o en un café, mientras el evento tenga las características consignadas en el decreto. El derecho de autor no se pierde, pero no se percibirá en los casos de las fiestas o eventos que tengan invitados y, por lo tanto, no sean abiertos a todo el mundo. Si es abierto, entonces hay que pagarlo. Y no importa si se cobra o no entrada, sino el tipo de evento”, dijo Frangie.
Primer balance
El nuevo defensor lleva pocas semanas en el cargo. Asumió el 7 de octubre pasado en reemplazo de Ismael Rins.
Cuando se le consultó qué balance hace de sus primeras semanas al frente de la institución, manifestó: “Me encontré con una Defensoría muy desarrollada, en la que se nota el proceso que se transitó en estos últimos ocho años de ampliación de derechos en el país. En ese sentido, ha crecido socialmente la Defensoría. A tal punto, que el tema de los derechos de autor llega a nosotros porque los padres no sabían a dónde ir y recurrieron a la Defensoría porque es el ámbito al que la gente va cuando tiene este tipo de problemas. Y eso habla muy bien de la institución. Es un valor. En paralelo, me gusta el equipo que hemos armado. Nos dimos un plan de trabajo que nos viene saliendo bien. Tenemos una primera etapa de diagnóstico. El jueves 7 vamos a hacer una reunión de trabajo de toda la Defensoría para hacer el diagnóstico y vamos a fijar pautas comunes. Estamos entusiasmados y hay compromiso de la gente”.