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Reafirman que no hay que pagar derechos de autor en fiestas privadas

El defensor del Pueblo, Daniel Frangie, remarcó que el gobierno nacional tiene el mismo criterio que la institución local

Después de que el gobierno nacional reafirmara que no se deben pagar derechos de autor por pasar música en fiestas privadas, la Defensoría del Pueblo de Río Cuarto confirmó el criterio que oportunamente había hecho público y que coincide con el de la gestión de Javier Milei. El ombudsman Daniel Frangie señaló que la postura pública de la Casa Rosada despeja las dudas y abre el camino para que el decreto 765/2024 se cumpla plenamente.

Según señaló el defensor, las entidades que perciben los derechos de autor -Sadaic, pero sobre todo Aadi Capif- venían planteando resistencia a la aplicación del criterio de que ninguna fiesta privada debe pagar por pasar música.

“Los ministros Federico Sturzenegger y Mariano Cúneo Libarona salieron a aclarar el alcance del decreto para determinar quiénes están comprendidos y quiénes no en el pago de los derechos de autor. Y, como habíamos señalado públicamente, ninguna fiesta privada tiene que tributar. Actualmente, Aadi Capif está haciendo actas preventivas y obstaculizando el decreto del gobierno nacional. Con este posicionamiento que se conoció en las últimas horas, ya no quedan dudas sobre el criterio. Ya no hay lugar para interpretaciones forzadas”, indicó Frangie.

El criterio al que arribó la Defensoría, y que fue confirmado por los ministros nacionales, es que en ninguna fiesta privada deben pagarse los derechos de autor; incluso si se trata de una fiesta en la que se contrata un organizador privado o un salón. En ese caso, ninguno debe pagar: ni quienes hacen la contratación ni quienes organizan la fiesta.

“Todo evento que reúna las características de evento privado, es decir, que comprende a un público determinado y específico que se plasma en una lista de invitados, no tiene que pagar ningún derecho de autor. Y no debe hacerlo nadie: ni quienes contratan ni, en este caso, los salones de fiestas”, dijo Frangie.

Eso incluye todo tipo de eventos: cumpleaños, casamientos, egresos, fiestas de fin de año.

En el caso de que la fiesta se abra a todo público y no exista una lista acotada de invitados, entonces la situación cambia y correspondería el pago de los derechos de autor.

Sturzenegger y Cúneo Libarona detallaron cuál es el criterio y el sentido del decreto presidencial. Según explicaron, la ejecución pública de las obras artísticas solo puede motivar un cobro si se produce “en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas”, mientras que para ámbitos privados no aplica.