Nacionales | discapacidad |

Reempadronamiento obligatorio y quita de beneficios: las claves de la ley de Discapacidad del Gobierno

El oficialismo envió un proyecto al Congreso que propone restricciones e impone requisitos adicionales. También impulsa cambios a la Ley de Salud Mental

El Gobierno nacional envió al Congreso una reforma a la Ley de Salud Mental y otra a la Ley de Emergencia en Discapacidad, con lo que busca reactivar la agenda parlamentaria en las próximas semanas.

Las dos reformas ingresaron por el Senado, donde el gobierno logró construir una mayoría sólida y le servirá que sea Cámara de origen, por si aparecen modificaciones en el debate en Diputados.

Discapacidad

-Se exigirá un reempadronamiento de los titulares de las pensiones por invalidez laboral, donde deberá acreditar su condición médica, situación económica, ya que a aquellos que no lo hagan se les suspenderá el pago de ese beneficio.

–Sera incompatible tener Pensión no Contributiva por Invalidez Laboral con poseer un vínculo laboral formal y/o encontrarse inscripto en el régimen general y/o simplificado vigente.

-Se mantendrá el pago de la Pensión no contributaria equivalente al 70% de la jubilación mínima, pero el Ejecutivo no otorgará aumentos adicionales.

-Habrá un sistema de auditorías periódicas con el objeto de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos para el goce de la Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral, y se efectuará un entrecruzamiento de datos entre todos los organismos públicos, en especial ANSES, ARCA, Sistema Nacional de Identificación Tributario y Social.

-Si se verifica el incumplimiento de alguno de los requisitos objetivos vigentes de la prestación se podrá disponer su suspensión preventiva.

-Se deberá realizar un reempadronamiento de los titulares de Pensiones No Contributivas otorgadas en el marco del artículo 9° de la Ley N° 13.478 y sus modificatorias, con el objeto de actualizar la información personal, socioeconómica y médica de cada titular.

Salud mental

-Dispone que la atención deberá estar a cargo de equipos interdisciplinarios, y pone como requisito la presencia obligatoria del médico psiquiatra

-Tendrá mayor peso la evaluación médica en decisiones clave como diagnósticos, tratamientos e internaciones, lo que no sucedía en la legislación vigente.

-Mantiene que la internación como recursos excepcional, pero permite la internaciones no voluntarias, que en la anterior ley era una situación que se contemplaba en casos extremos.

-Las internaciones no voluntarias solo permitirán en “situación de riesgo grave de daño para la vida o la integridad física de la persona o de terceros”.

El consumo problemático de sustancias se integra formalmente a las políticas de salud mental y la autoridad de aplicación podrá definir dispositivos específicos, ambulatorios o de internación.

FUENTE: Agencia Noticias Argentinas