Opinión | Editorial

Un vacío legal que va rumbo a cumplir un lustro

Más allá del detalle inédito de concederles a las dos involucradas el derecho a tomarse licencia por maternidad, y como ocurre frecuentemente al conocerse historias de este tipo, el reciente fallo sobre gestación por sustitución de la Justicia cordobesa vuelve a dejar en evidencia el vacío legal que hace necesaria la judicialización, y persiste aun cuando desde hace años existe conciencia plena acerca de la necesidad de llenarlo.
La nueva disposición de un Juzgado de Familia de Córdoba que autoriza un acuerdo por el cual una mujer prestará su vientre para gestar el hijo de su hermano y su cuñada se ha venido a sumar a una lista cada vez más nutrida de casos similares, con el inédito aporte de disponer que a las dos involucradas les corresponderá la licencia por maternidad. Más allá de este detalle, y como ocurre frecuentemente al conocerse historias de este tipo, vuelve a quedar en evidencia el vacío legal que hace necesaria la judicialización, y persiste aun cuando desde hace años existe conciencia plena acerca de la necesidad de llenarlo.



En rigor, la maternidad por subrogancia estaba contemplada en el anteproyecto de Código Civil y Comercial promovido por la administración de Cristina Fernández de Kirchner durante su segundo mandato, e incluso era uno de los asuntos que justificaban la necesidad de reformar el importante instrumento jurídico, por ser una novedad propia de la época. Sin embargo, el carácter controvertido de una cuestión en la que se ponen en juego valores morales, culturales y religiosos que a veces entran en colisión, llevó a sacarla del texto para facilitar su aprobación por parte del Congreso, en octubre de 2014.



Ahora bien, la acomodaticia actitud de eludir la discusión debido   a la dificultad en alcanzar un acuerdo encontraba su justificación en el compromiso alcanzado entonces de concederle al tema de la gestación por sustitución una ley específica, emanada de un debate parlamentario separado del que acababa de concluir. Algo que, cuando el nuevo Código Civil y Comercial se encamina a cumplir el quinto aniversario desde su prolongación, continúa siendo una deuda pendiente que quienes decidieron en su momento la postergación no parecen tener demasiado apuro en saldar, más allá de los esfuerzos individuales de algunos de ellos.



El vacío legal ha sido cubierto por la Justicia, que en todo este tiempo ha autorizado procedimientos de maternidad subrogada en unos 40 casos, seis de ellos en Córdoba, y bajo el principio general de que todo aquello que no está expresamente prohibido por la ley debe permitirse. La solución, aun cuando pueda haber funcionado para las familias que apelaron a ella, resulta incompleta al no contemplar aspectos que deberían estar regulados, como por ejemplo asegurar que no se transforme en un negocio en que el vientre se alquile a cambio de dinero, cosa abordada por los proyectos por ahora dormidos.



Cabe recordar que desde la sanción del Código ha cambiado dos veces la composición del Congreso, hay otro inquilino en la Casa Rosada, y  estamos a pocos meses de nuevos reemplazos. El hecho de que la práctica siga siendo revulsiva ante los ojos de una parte de la sociedad -que tiende a reducirse- no puede seguir sirviendo indefinidamente como excusa para eludir la responsabilidad de sancionar una ley que la regule.