Río Cuarto | Elecciones | oficialismo | las

El oficialismo dice que puede votarse hasta el 28 de junio

Esa fecha sería 4 días antes de la finalización del mandato de Llamosas. Señalan que es una opción que se analiza si el COE da el aval y no avanza la negociación con la oposición

Con el acuerdo para prorrogar el mandato de Juan Manuel Llamosas todavía sin madurar, el oficialismo empezó a blandir la posibilidad de convocar a la elección municipal para el mes que viene. Concuerdan en que sería una jugada riesgosa pero señalan que, si no hay avances en la negociación, alguna decisión habrá que tomar ante el hecho de que el 2 de julio la ciudad entraría en acefalía.

La elección en junio fue rechazada ayer por los otros 7 partidos que están en la competencia electoral. Sin embargo, el oficialismo considera que es una alternativa, siempre y cuando el COE no la desaconseje.

¿Pero dan los tiempos legales? ¿Puede el gobierno de Llamosas convocar a una elección para dentro de un mes o deben cumplirse plazos más extensos para que la oposición tenga tiempo de hacer campaña? Algunos funcionarios del Palacio sostienen que la convocatoria para la elección debe hacerse con, al menos, 30 días de anticipación. Pero, a la vez, remarcan que en ninguna legislación electoral municipal se establece un mínimo de días para la transición, es decir, el plazo entre la elección y la asunción del nuevo intendente. Por lo tanto, aseguran que Río Cuarto podría votar incluso el domingo 28 de junio, 4 días antes del inicio de la nueva gestión.

Es decir, si no hubiera acuerdo para conseguir la prórroga, según esta postura Llamosas tendría tiempo para llamar a elecciones hasta el jueves 28 de mayo. Desde hoy, quedarían una semana y dos días para negociar con la oposición una prórroga que pueda demorar la votación.

Sin embargo, hay quienes remarcan en el Palacio que la campaña no arrancaría de cero sino que en realidad se suspendió el 16 de marzo, cuando ya iban 15 días y faltaban dos semanas más. En esta línea, señalan que 14 días de anticipación alcanzarían. Porque, además, remarcan que los 30 días de antelación no aparecen, en realidad, en ningún artículo de la Carta Orgánica ni en el Código Electoral. Sólo el artículo 195 de la Carta Orgánica señala dos fechas: que las elecciones deben realizarse dentro de los 120 días antes de que expiren los mandatos. Además, remarca que si en la fecha elegida coexisten comicios provinciales o nacionales, entonces las elecciones municipales deben hacerse con 30 días de diferencia. En ese caso, las elecciones extraordinarias “se efectúan el día establecido por la convocatoria, la que debe hacerse, como mínimo, con 30 días de anticipación”.

Es decir, los 30 días rigen sólo para las elecciones extraordinarias. Con lo cual, si no hay avances en la definición de la prórroga, que el gobierno pretende sacar por unanimidad, estaría en condiciones legales de llamar a votar en un plazo que él considere razonable. Y la razonabilidad la establecen en el Palacio en un plazo de tres semanas previas a la fecha indicada.

Esos escenarios se plantean para el caso de que los tiempos se estiren y no existan indicios de un acuerdo con la oposición por la prórroga. Hasta ahora, los tironeos han sido principalmente mediáticos y en el ámbito de la Junta Electoral porque, según indican desde las fuerzas opositoras, por el momento no ha existido ninguna instancia de diálogo, ni siquiera informal, en la que el gobierno municipal propusiera un marco general para extender el mandato. El PJ no ha expuesto plazos ni condiciones para la eventualidad de una prórroga del mandato.

“No sabemos qué quiere el Ejecutivo y son ellos los que tienen que proponer. Nosotros estamos dispuestos al diálogo pero desde el gobierno no nos convocan”, indicaron en el radicalismo.