Río Cuarto | Epec

Tras una larga batalla, Epec debe darle empleo por su discapacidad

Hace 25 años, al abogado Alfredo Diez le diagnosticaron lupus. En 2013 pidió ser incorporado a la firma estatal en razón del cupo establecido por ley. Un fallo judicial ordena sumarlo a la planta estable
Después de dar pelea durante cuatro años, el abogado Alfredo Diez consiguió que la Justicia le dé la razón: ahora, Epec deberá incorporarlo a la planta permanente de la delegación Río Cuarto dentro del cupo de discapacidad que determina la ley.

El caso puede sentar un precedente porque implica que las empresas estatales deberán comenzar a darle cumplimiento al cupo del 5 por ciento que determina la ley 5.624 para las personas con certificado de discapacidad.

A Diez le diagnosticaron lupus hace 25 años, una enfermedad autoinmune que le generó incontables inconvenientes, como constantes internaciones y operaciones. En octubre de 2013, el abogado riocuartense hizo una presentación formal en Epec y pidió que se lo incorporara a la planta permanente de acuerdo con el cupo de discapacidad.

En la demanda, el abogado detalla que fue sometido a exámenes médicos y que, incluso, obtuvo la certificación que se establece como obligación previa a ser incorporado a la planta permanente. Sin embargo, nunca hubo una respuesta formal.

Ante el silencio, Diez recurrió primero a un reclamo administrativo y después, ante la intransigencia de Epec, recurrió a la Justicia.

Ayer, la Cámara Civil de Primera Nominación le comunicó a Diez su decisión.

Arbitrario e ilegal

Para la Cámara, la actitud de Epec es arbitraria e ilegal, “en tanto que con su silencio ha violentado derechos de raigambre constitucional. Afecta el derecho a la salud, al trabajo y el derecho de igualdad y no discriminación”.

Por eso, le da a la empresa estatal un plazo de 10 días a partir de que quede firme la sentencia para sumar a Diez a su planta estable en la delegación Río Cuarto.

Diez manifestó que, finalmente, se hizo justicia. “Lo que más me interesa es que este fallo sienta precedente para que personas que se encuentren en mi condición puedan obtener lo mismo. Esperemos que no tengan que recurrir a la Justicia. Estamos muy satisfechos con esta sentencia”, indicó.

Su abogado detalló que el cupo para personas con discapacidad casi no se respeta en las empresas públicas.

“Existe una ley nacional que establece que el 4 por ciento de los empleados públicos del Estado nacional tiene que tener el certificado de incapacidad. Es una manera de protección para estas personas más vulnerables. Córdoba, a través de una ley especial, agrava ese cupo y lo lleva al 5 por ciento. Pero en la realidad esa obligación no se cumple. Son proclamas vacías. Alfredo ha tenido que recorrer un largo camino, primero administrativo, pero después tuvimos que recurrir a la Justicia. Hoy tenemos este fallo que nos da la razón”, manifestó el abogado Javier Quiroga.