Fallo a favor de AGD por una tasa al bioetanol
General Deheza.- La Cámara Federal de Córdoba, dependiente del Poder Judicial de la Nación, hizo lugar a una medida cautelar solicitada por Aceitera General Deheza S.A. en contra de una disposición del Instituto Nacional de Vitivinicultura que obligaba al pago de una tasa por comercio de Bioetanol.
También ordenó al ente nacional que se abstenga de paralizar el ingreso y egreso de productos a las plantas de producción y almacenamiento.
La resolución
La Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones resolvió por mayoría -con los votos de los jueces Graciela Montesi e Ignacio Vélez Funes- y la disidencia de Eduardo Ávalos, hacer lugar en su totalidad a la medida cautelar solicitada por Aceitera General Deheza por el término de seis meses. Y, en consecuencia, “ordenar al Instituto Nacional de Vitivinicultura que se abstenga de ejecutar la Disposición N° 200 aquí apelada y de continuar intimando a la accionante el ingreso de la tasa prevista en el artículo 6 de la ley 24.566, hasta tanto se resuelva la presente y, en particular, se abstenga de paralizar el ingreso y egreso de productos a la planta de almacenamiento Terminal 6 del Puerto de Rosario, propiedad de Aceitera General Deheza, así como de cualquier otra planta de la misma dedicada a la producción de biodiésel y cualquier otra medida que afecte el normal giro y desenvolvimiento comercial de sus establecimientos”.
A su vez, por mayoría, se resolvió fijar como contracautela un seguro de caución bancario o comercial por la suma de $ 250.000, según lo informado por la Oficina de Prensa de la Cámara Federal de Córdoba.
También ordenó al ente nacional que se abstenga de paralizar el ingreso y egreso de productos a las plantas de producción y almacenamiento.
La resolución
La Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones resolvió por mayoría -con los votos de los jueces Graciela Montesi e Ignacio Vélez Funes- y la disidencia de Eduardo Ávalos, hacer lugar en su totalidad a la medida cautelar solicitada por Aceitera General Deheza por el término de seis meses. Y, en consecuencia, “ordenar al Instituto Nacional de Vitivinicultura que se abstenga de ejecutar la Disposición N° 200 aquí apelada y de continuar intimando a la accionante el ingreso de la tasa prevista en el artículo 6 de la ley 24.566, hasta tanto se resuelva la presente y, en particular, se abstenga de paralizar el ingreso y egreso de productos a la planta de almacenamiento Terminal 6 del Puerto de Rosario, propiedad de Aceitera General Deheza, así como de cualquier otra planta de la misma dedicada a la producción de biodiésel y cualquier otra medida que afecte el normal giro y desenvolvimiento comercial de sus establecimientos”.
A su vez, por mayoría, se resolvió fijar como contracautela un seguro de caución bancario o comercial por la suma de $ 250.000, según lo informado por la Oficina de Prensa de la Cámara Federal de Córdoba.