La muerte con un toro: condenaron a Javier Gallo a prisión perpetua por el crimen de Miranda
El proceso que buscaba determinar cómo se dio la muerte de Osvaldo Miranda en el establecimiento San Javier, al sur de la provincia en 2012, comenzó con una causa muy poco común, y así fue todo el juicio: poco común. Lo concreto es que ayer, de manera unánime, el jurado popular y los jueces técnicos de la Cámara Primera en lo Criminal condenaron a Javier Gallo a prisión perpetua por el asesinato que utilizó a un toro como medio para el delito. Sin embargo, seguirá en libertad hasta que el fallo quede firme y, así, se mantuvo hasta el final una causa muy particular.
En una muy extensa jornada, desde las primeras horas de la mañana hasta entrada la tarde, se desarrollaron los alegatos de las partes y luego se conoció la sentencia. El Tribunal presidido por Natacha García, acompañada por los jueces Virginia Emma y Daniel Vaudagna, leyó la sentencia ante un auditorio del Palacio de Justicia con gran concurrencia de familiares tanto de Gallo como de Miranda.
El fiscal de Cámara, Julio Rivero, había solicitado una pena de 18 años de prisión por homicidio simple para el acusado, al considerar en su alegato que no había alevosía ni codicia, agravantes que el fiscal de Huinca Renancó Marcelo Saragusti había contemplado para la carátula. Nicolás Rins, abogado de la defensa, en tanto, consideró que no había pruebas suficientes como para dar cuenta de que Gallo había dado muerte a Miranda y solicitó su absolución. “De que el accidente aparezca como extraño o fuera poco probable no se puede derivar la existencia de un homicidio”, dijo Rins a Puntal, en tanto que agregó: “Lamentablemente, a veces quedan dudas de cómo pasó un hecho, pero eso conduce a la absolución, todo el juicio se apuntó a ver si el homicidio era posible”.
Los miembros del jurado, finalmente, acompañaron el pedido de la defensa, a cargo del abogado Osvaldo Narcisi, quien había planteado la prisión perpetua para el imputado. De todas formas, al momento de la lectura del fallo por parte de la secretaria más de un par de miradas se cruzaron en el salón, sin entender bien cuál era la resolución del jurado. Las partes consultaron con sus abogados y no hubo ni expresiones de dolor ni abrazos de tranquilidad, pues la sentencia fue acompañada por la aclaración de que Gallo continuará en libertad hasta que el fallo quede firme.
El día 23 de abril, a las 12 hs., se hará lectura de los fundamentos del fallo, y desde allí comenzarán a correr los plazos para que la defensa presente el recurso de casación, que son 15 días hábiles. En caso de que los abogados de Gallo no procedan, se hará la detención del condenado, pero lo más seguro es que lo haga y la causa se remita a la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia, lo que nuevamente llevará mucho tiempo para encontrar resolución. Es decir, si bien hubo sentencia, y muy dura, todavía la causa sigue generando inquietudes en su particularidad.
El condenado salió por una de las puertas del recinto junto a su familia y abogados, mientras que por el otro extremo lo hicieron la esposa e hijos de Miranda, quienes manifestaron tranquilidad tras 9 años de espera por justicia, pero desconcertados ante una condena a medias.
No fue un accidente
La edad, la falta de antecedentes y la predisposición con la Justicia en casi una década que duró el proceso, sin dudas, fueron atenuantes en las medidas que de manera unánime dispuso el Tribunal para Gallo. Se trata de consideraciones que el mismo Rivero plantó al momento de su alegato. El fiscal, a su momento de exponer ante el jurado, fue muy claro: “¿Tienen alguna duda de que no fue un accidente?”, sentenció, en tanto que guió su presentación con el uso de la palabra por parte del acusado como una prueba más para la causa. Aquí, una vez más, otra particularidad del juicio, considerando que rara vez quien está en el banquillo declara ante los magistrados (y él lo hizo en dos oportunidades esta semana), incluso cuando hasta el momento había mantenido el silencio durante la investigación.
De todas formas, el fiscal aclaró que la declaración de Gallo no fue lo único que se puede tomar para determinar qué sucedió, sino que las pruebas fueron contundentes durante todo el juicio. “Las pruebas desvirtúan los dichos de Gallo, por ejemplo, sobre la relación que tenía con Miranda, con quien decía tener una muy buena relación, y muchos de los testigos indicaron que discutían sobre el faltante de vacas”, señaló Rivero. En tanto, narró los hechos que planteó Saragusti en la elevación a juicio: “Le pegó con un palo en la cabeza para dejarlo inconsciente, lo enlazó con un toro aún estando con vida, el animal corrió y lo mató por asfixia”.
Contrario a lo que Gallo dijo en su declaración, el fiscal consideró que las pruebas dejaban en claro que Miranda no enlazó aquella tarde: “No empezó a enlazar, capar o ‘caravanear’, porque tenía todas las herramientas en su camioneta y sin usar”, dijo y sentenció: “Miranda ni siquiera comenzó a trabajar”. La muerte con un toro ya resultaba extraña para cualquiera, pero a ello se sumó la más particular cátedra de enlazado que se hizo durante el juicio, y de allí también basó su alegato Rivero, en tanto que se consideró “imposible” que Miranda, con tanta experiencia en su haber, fallara con el lazo al punto de morir.
“Hay que reconocer que fue una manera novedosa de crimen”, dijo el fiscal, quizás en un comentario no tan afortunado, pero no por eso menos cierto. El hecho fue extraño; la coartada también lo fue; el juicio, sin dudas, fue muy muy poco común; y la sentencia siguió en esta línea, para ser demasiado particular, con un condenado sin condena.