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Al cierre de la investigación, le niegan otra vez la libertad al médico trucho

El juez de control Diego Ortiz consideró que hay riesgo de fuga y de entorpecimiento al proceso judicial, por las características de los hechos investigados. Sostuvo que la etapa de instrucción, que lleva adelante el fiscal Jávega, está llegando a su fin

En una resolución del miércoles, el juez de control Diego Ortiz denegó un nuevo pedido de excarcelación para Ignacio Martín, vulgarmente conocido como el médico trucho del COE. Es la segunda vez que su abogado lo pide desde que se encuentra bajo prisión preventiva, la tercera si se toma en cuenta el primer planteo. El magistrado sostiene que la libertad del acusado implicaría riesgo de fuga y de entorpecimiento a la Justicia, en lo que considera la parte final de la etapa de investigación de la causa.

Entre los argumentos, el juez Ortiz menciona el riesgo de fuga, entorpecimiento procesal, las mentiras y omisiones de datos personales de Martín a las autoridades y también hace mención a un dato relevante: el pronóstico de que pueda afrontar una condena con un piso de 8 años.

Investigación avanzada

Además, deja en claro que la etapa de instrucción está próxima a agotarse, con lo cual el fiscal Jávega, que entiende en la causa, tendría el horizonte de la elevación a juicio.

Vale recordar que Ignacio Martín, de 19 años al momento de los hechos investigados, está acusado de siete delitos: usurpación de título y ejercicio ilegal de la medicina y uso de documento privado falso, defraudación calificada y falsedad ideológica, homicidio con dolo eventual, lesiones graves por dolo eventual y defraudación calificada en grado de tentativa.

Esos delitos habrían sido cometidos por el joven cuando prestaba servicios para el COE Río Cuarto y para el Municipio de esta ciudad, durante el año 2020 y en medio de la crisis sanitaria provocada por la pandemia del Covid-19.

Luego de un análisis detallado, el 4 de mayo último, el juez de control Diego Ortiz resolvió que "no corresponde otorgar el cese de prisión" planteado por el abogado Agustín Cattaneo, en representación de Ignacio Martín.

Escala penal alta

"Nos encontramos ante un pronóstico de sanción en abstracto de gravedad alta que por sí mismo sólo permite la aplicación de una eventual pena de ejecución efectiva. Nuestro ordenamiento jurídico prevé para los restantes ilícitos una escala penal que fluctúa en abstracto entre los ocho años y los cincuenta años de prisión", se lee en la resolución firmada por el juez Ortiz.

Además, considera que el acusado no posee empleo ni actividad laboral estable que lo retenga en determinado medio social, lo cual se condice con las propias manifestaciones expresadas por el imputado. "No está afincado en un determinado sitio que pueda llegar a temer perder", sostiene el magistrado, para reflejar a este otro aspecto que hace al riesgo de fuga.

También ponderó de manera negativa su conducta con relación al aporte de datos personales, obligación frente a la cual ha actuado de manera reticente y engañosa.

Para el juez Ortiz, Martín "omitió deliberadamente decirle al fiscal que también tuvo otro domicilio que se suma a los ya declarados y que la numeración correcta de su vivienda materna era otra, lo cual denota de su parte un deliberado ocultamiento de datos referidos a su identificación personal".

En el mismo sentido, enfatiza que "existe incertidumbre sobre su domicilio en la ciudad de Córdoba, por lo que, en caso de recuperar su libertad, se presentaría dificultosa su ubicación de su paradero".

Martín debería afrontar una pena de cumplimiento efectivo, se estima.

El juez de control resalta además que esta información cobra ahora mayor relevancia, en momentos en los que la etapa de la investigación toca a su fin. "En igual sentido, cabe tener en cuenta que, conforme surge de las constancias de la causa y lo expresado por el propio defensor, el Ministerio Público Fiscal se encuentra próximo a dictar el mérito conclusivo de los presentes actuados, evidenciándose que los indicadores de riesgo referenciados –imprecisiones de su domicilio, falta de trabajo, modalidad comisiva, etc.- adquieren importancia en tanto se deberá garantizar, en su caso, el comparendo del imputado al debate mediante la continuidad de su encarcelamiento preventivo", señala.

En otro orden de consideraciones, sostiene que, dado que Martín ha demotrado tener destreza suficiente para crear digitalmente una identidad falsa a partir de los datos de documentación verdadera, "no es en absoluto insensato sostener que bien podría volver a utilizar" ese tipo de ardides.

Finalmente, fundamenta su negativa al pedido de excarcelación recordando que "el perfil criminal elaborado por la profesional médica de la Policía de la Provincia de Córdoba denota que se estaría, a priori, ante una persona poseedora de habilidades concretas para influir en los demás".