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Un juez ordenó aplicar de inmediato la Ley de Financiamiento Universitario

El juez Martín Cormick anuló la cláusula del decreto de Milei que frenaba fondos y salarios docentes, y dispuso la aplicación inmediata de la ley.

 

El juez Martín Cormick declaró inconstitucional la cláusula del Poder Ejecutivo que frenaba la asignación de recursos para universidades y salarios docentes

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional una cláusula del Decreto 759/2025 del presidente Javier Milei, que suspendía la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario. De este modo, la Justicia hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA), y ordenó la aplicación inmediata de la norma.

La resolución del juez federal Martín Cormick invalidó el dispositivo gubernamental que condicionaba el presupuesto universitario a la Ley de Administración Financiera. Esa cláusula dejaba en suspenso la asignación de fondos a la espera de que el Congreso aprobara partidas presupuestarias específicas.

Qué dijo el fallo sobre el decreto de Milei

En su veredicto, el magistrado sostuvo que el accionar del Ejecutivo operó como un “mecanismo extraconstitucional” de bloqueo no contemplado en la Carta Magna, según lo informado por Clarín. También remarcó que la propia legislación brinda criterios idóneos para la redistribución de los recursos indispensables.

Alcance de la ley e impacto presupuestario

Para fundamentar la viabilidad financiera de la Ley 27.795, el fallo citó un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso. El análisis oficial estimó que el costo integral de la medida equivale al 0,23% del PBI para 2025. La norma restituida obliga al Gobierno a destinar partidas garantizadas para el programa “Desarrollo de la Educación Superior”. La medida busca asegurar la permanencia estudiantil y reforzar las áreas de investigación, tecnología y extensión universitaria.

El texto legal también establece la actualización periódica de los salarios docentes mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC). A ello se suma la incorporación de montos no remunerativos a los haberes básicos del personal.

El proyecto había sido aprobado originalmente por el Congreso y vetado por la Casa Rosada en 2025. Tras la insistencia de ambas Cámaras, el Ejecutivo promulgó la ley pero congeló sus efectos mediante el decreto reglamentario.

Próximos pasos judiciales

La sentencia de primera instancia exige al Ejecutivo dictar las normas ejecutorias necesarias para garantizar el cumplimiento inmediato de la ley. No obstante, el proceso judicial podría sumar nuevas instancias si el Estado nacional decide apelar la resolución.