Opinión
La inclusión educativa
Un nuevo desafío en estos tiempos para la práctica docente.
La inclusión educativa habla del derecho y la obligación social de construir comunidades para todos, que permitan valorar las diferencias y transformar sociedades. Busca la integridad de la persona como ser humano y promueve oportunidades de aprendizajes.
Habitualmente relacionamos la inclusión a la discapacidad. Lo ideal sería “incluir” en este concepto a todos los estudiantes en riesgo de exclusión por los mecanismos “excluyentes” propios del sistema educativo. La educación inclusiva es un derecho básico adquirido colectivamente y constituye la base de una sociedad más justa.
El objetivo entonces de la inclusión es: transformar las escuelas de nivel para que las escuelas de modalidad no sean necesarias como única opción para los estudiantes; cambiar la educación en general educando a los alumnos con valores; formando una generación de ciudadanos comprometidos socialmente en la lucha contra la exclusión.
Como sujetos transmisores del modelo inclusivo debemos proponernos derribar cuanto antes una de las barreras más fuertes, “la actitudinal”, al seguir justificando la exclusión con uno de los dichos más frecuentes: “No estoy preparado”, en todo caso los docentes, como dice Carlos Skliar: “Nunca vamos a estar preparados para lo que está por venir, debemos estar disponibles” para recibir a todos los sujetos en igualdad de oportunidades por el solo hecho de ser considerados todos: EDUCABLES.
El Estado, las instituciones educativas y los docentes deben constituirse en garantes del ingreso, tránsito y egreso de los alumnos, promoviendo propuestas de enseñanza y condiciones para desarrollar aprendizajes significativos y condiciones de trabajo óptimas para todos y todas.
Especialmente los docentes deben estar convencidos y comprometidos con el proceso de inclusión. Creemos que estamos ante una nueva visión de la educación basada en la diversidad, en la que se destacan elementos o aspectos fundamentales como: -responder de la mejor manera a la diversidad de estudiantes, -identificar y remover barreras, -eliminar los obstáculos, -garantizar la presencia, participación y aprendizaje a todos los estudiantes, -brindar más apoyo a aquellos alumnos con mayor riesgo de sufrir marginación o exclusión por las barreras del sistema .
Para poner en práctica estos elementos, necesitamos una escuela que reconozca: -la diversidad de los estudiantes en sus proyectos educativos, -flexibilizar el currículum para potenciar a cada niño, -contar con docentes con un espíritu inclusivo capaces de ver la diversidad como modo para transmitir valores de justicia, solidaridad, comprensión y respeto. Por lo tanto, la formación de los docentes es uno de los factores clave y decisivos para el éxito de la inclusión.
Por último y como punto fuerte, resulta necesario preguntarnos sobre cuán inclusivos somos en nuestras mentalidades, culturas, políticas y prácticas para tener una actitud abierta hacia la diversidad como forma de vida en una sociedad en la que el pilar fundamental sea la justicia social, derribando todas las barreras que comprometen su práctica. La clave reside en forjar sistemas educativos genuinamente inclusivos en oportunidades de aprendizajes.
Barreras para el Aprendizaje y la Participación. Según López Melero, “son todos aquellos factores que aparecen a través de una interacción entre los estudiantes y el contexto que limitan el pleno acceso a la educación y a las oportunidades de aprendizaje”. Pueden tener diferentes orígenes:
Actitudinales
Destaca la tendencia a la derivación, es decir, a suponer que el estudiante con discapacidad no es responsabilidad del docente de sala, sino del especialista, basándose en el supuesto de que un maestro de nivel no tiene los conocimientos suficientes para afrontar la educación del estudiante con discapacidad.
Metodológicas
Se refieren a la homogeneización que se sostiene tradicionalmente en educación, bajo la creencia de que es necesario trabajar con niveles de aprendizaje similares entre los estudiantes.
Organizativas
Se refieren a las diferentes formas de agrupar a los estudiantes y a las posibilidades de intervención de la comunidad en diferentes formas de apoyo y la organización del trabajo docente.
Sociales
Se hace énfasis en el papel de las familias y los prejuicios sobre las mismas, constituyen una barrera importante.
A modo de conclusión decimos: la escuela de hoy no es la misma de años atrás, ni está dirigida a la misma población; el contexto social y político no es el mismo, tampoco lo son los conocimientos pedagógicos, ni el acceso a la información. Existe la necesidad de adoptar políticas educativas que protejan esa diversidad y la dignifiquen.
Un mundo para todos
Hablar de inclusión es hablar de un mundo para todos, garantizado por el Estado, donde cada miembro de la sociedad pueda ser parte siendo un sujeto participativo, capaz de ejercer libremente sus derechos adquiridos; sujetos auténticos, donde la educación como proceso social no sea un obstáculo sino un generador de posibilidades.
Ser docente de una escuela inclusiva implica apropiarse de la idea de que todos los niños y niñas son sujetos de múltiples posibilidades, que deben ser habilitadas, estimuladas y respetadas.
Esa escuela inclusiva debe conocer el marco normativo vigente:
Marcos Normativas Vigentes Nacionales:
Constitución Nacional en su Art. 14
Ley de Educación Nacional N° 26.206/06
Ley N° 26.378 /08 Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad
Resolución CFE N°155/11
Resolución CFE 174/12
Resolución N° 311/16
Constitución Nacional. La inclusión de las personas con discapacidad se encuentra contemplada, en primer lugar, por la Constitución Nacional, en su Art. 14 manifiesta la igualdad de todos los habitantes ante la Ley; en la Constitución de la provincia de Córdoba, en su Art. 60 expresa los mismos principios estableciendo el derecho a la educación en igualdad de oportunidades y posibilidades.
Ley 26.378/2008.
En el Estado argentino, la “Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad” se ratifica a través de esta ley. En su art 24 Educación.
1-Reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Los Estados Parte asegurarán un sistema de educación inclusivo en todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida.
La ley de educación Nacional N° 26.206
Mantiene la misma ideología que la ley anterior. Compartiendo la misma propuesta curricular entre escuela especial y escuela común.
En su artículo N° 42 dice: “Se debe garantizar la integración de los alumnos con discapacidades en todos los niveles y modalidades según las posibilidades de cada persona”.
Resolución CFE N°155/11
Esta resolución presenta una visión general de la nueva concepción de Educación Especial y de las funciones que le compete a la misma.
Resolución CFE 174/12
A partir de esta resolución se busca mejorar y enriquecer los procesos de aprendizaje de todos los alumnos, especialmente de aquellos provenientes de los sectores sociales más vulnerables, construyendo prácticas pedagógicas que tiendan a un modelo escolar basado en la diversidad y que derribe formas rígidas de organización.
Resolución N° 311/16
Esta resolución enmarca los lineamientos para todos los niveles del sistema educativo y se aplica a partir del año 2017.
Mauricio Saibene y Sandra Ferrero
Secretaría de Educación del Sadop
Habitualmente relacionamos la inclusión a la discapacidad. Lo ideal sería “incluir” en este concepto a todos los estudiantes en riesgo de exclusión por los mecanismos “excluyentes” propios del sistema educativo. La educación inclusiva es un derecho básico adquirido colectivamente y constituye la base de una sociedad más justa.
El objetivo entonces de la inclusión es: transformar las escuelas de nivel para que las escuelas de modalidad no sean necesarias como única opción para los estudiantes; cambiar la educación en general educando a los alumnos con valores; formando una generación de ciudadanos comprometidos socialmente en la lucha contra la exclusión.
Como sujetos transmisores del modelo inclusivo debemos proponernos derribar cuanto antes una de las barreras más fuertes, “la actitudinal”, al seguir justificando la exclusión con uno de los dichos más frecuentes: “No estoy preparado”, en todo caso los docentes, como dice Carlos Skliar: “Nunca vamos a estar preparados para lo que está por venir, debemos estar disponibles” para recibir a todos los sujetos en igualdad de oportunidades por el solo hecho de ser considerados todos: EDUCABLES.
El Estado, las instituciones educativas y los docentes deben constituirse en garantes del ingreso, tránsito y egreso de los alumnos, promoviendo propuestas de enseñanza y condiciones para desarrollar aprendizajes significativos y condiciones de trabajo óptimas para todos y todas.
Especialmente los docentes deben estar convencidos y comprometidos con el proceso de inclusión. Creemos que estamos ante una nueva visión de la educación basada en la diversidad, en la que se destacan elementos o aspectos fundamentales como: -responder de la mejor manera a la diversidad de estudiantes, -identificar y remover barreras, -eliminar los obstáculos, -garantizar la presencia, participación y aprendizaje a todos los estudiantes, -brindar más apoyo a aquellos alumnos con mayor riesgo de sufrir marginación o exclusión por las barreras del sistema .
Para poner en práctica estos elementos, necesitamos una escuela que reconozca: -la diversidad de los estudiantes en sus proyectos educativos, -flexibilizar el currículum para potenciar a cada niño, -contar con docentes con un espíritu inclusivo capaces de ver la diversidad como modo para transmitir valores de justicia, solidaridad, comprensión y respeto. Por lo tanto, la formación de los docentes es uno de los factores clave y decisivos para el éxito de la inclusión.
Por último y como punto fuerte, resulta necesario preguntarnos sobre cuán inclusivos somos en nuestras mentalidades, culturas, políticas y prácticas para tener una actitud abierta hacia la diversidad como forma de vida en una sociedad en la que el pilar fundamental sea la justicia social, derribando todas las barreras que comprometen su práctica. La clave reside en forjar sistemas educativos genuinamente inclusivos en oportunidades de aprendizajes.
Barreras para el Aprendizaje y la Participación. Según López Melero, “son todos aquellos factores que aparecen a través de una interacción entre los estudiantes y el contexto que limitan el pleno acceso a la educación y a las oportunidades de aprendizaje”. Pueden tener diferentes orígenes:
Actitudinales
Destaca la tendencia a la derivación, es decir, a suponer que el estudiante con discapacidad no es responsabilidad del docente de sala, sino del especialista, basándose en el supuesto de que un maestro de nivel no tiene los conocimientos suficientes para afrontar la educación del estudiante con discapacidad.
Metodológicas
Se refieren a la homogeneización que se sostiene tradicionalmente en educación, bajo la creencia de que es necesario trabajar con niveles de aprendizaje similares entre los estudiantes.
Organizativas
Se refieren a las diferentes formas de agrupar a los estudiantes y a las posibilidades de intervención de la comunidad en diferentes formas de apoyo y la organización del trabajo docente.
Sociales
Se hace énfasis en el papel de las familias y los prejuicios sobre las mismas, constituyen una barrera importante.
A modo de conclusión decimos: la escuela de hoy no es la misma de años atrás, ni está dirigida a la misma población; el contexto social y político no es el mismo, tampoco lo son los conocimientos pedagógicos, ni el acceso a la información. Existe la necesidad de adoptar políticas educativas que protejan esa diversidad y la dignifiquen.
Un mundo para todos
Hablar de inclusión es hablar de un mundo para todos, garantizado por el Estado, donde cada miembro de la sociedad pueda ser parte siendo un sujeto participativo, capaz de ejercer libremente sus derechos adquiridos; sujetos auténticos, donde la educación como proceso social no sea un obstáculo sino un generador de posibilidades.
Ser docente de una escuela inclusiva implica apropiarse de la idea de que todos los niños y niñas son sujetos de múltiples posibilidades, que deben ser habilitadas, estimuladas y respetadas.
Esa escuela inclusiva debe conocer el marco normativo vigente:
Marcos Normativas Vigentes Nacionales:
Constitución Nacional en su Art. 14
Ley de Educación Nacional N° 26.206/06
Ley N° 26.378 /08 Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad
Resolución CFE N°155/11
Resolución CFE 174/12
Resolución N° 311/16
Constitución Nacional. La inclusión de las personas con discapacidad se encuentra contemplada, en primer lugar, por la Constitución Nacional, en su Art. 14 manifiesta la igualdad de todos los habitantes ante la Ley; en la Constitución de la provincia de Córdoba, en su Art. 60 expresa los mismos principios estableciendo el derecho a la educación en igualdad de oportunidades y posibilidades.
Ley 26.378/2008.
En el Estado argentino, la “Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad” se ratifica a través de esta ley. En su art 24 Educación.
1-Reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Los Estados Parte asegurarán un sistema de educación inclusivo en todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida.
La ley de educación Nacional N° 26.206
Mantiene la misma ideología que la ley anterior. Compartiendo la misma propuesta curricular entre escuela especial y escuela común.
En su artículo N° 42 dice: “Se debe garantizar la integración de los alumnos con discapacidades en todos los niveles y modalidades según las posibilidades de cada persona”.
Resolución CFE N°155/11
Esta resolución presenta una visión general de la nueva concepción de Educación Especial y de las funciones que le compete a la misma.
Resolución CFE 174/12
A partir de esta resolución se busca mejorar y enriquecer los procesos de aprendizaje de todos los alumnos, especialmente de aquellos provenientes de los sectores sociales más vulnerables, construyendo prácticas pedagógicas que tiendan a un modelo escolar basado en la diversidad y que derribe formas rígidas de organización.
Resolución N° 311/16
Esta resolución enmarca los lineamientos para todos los niveles del sistema educativo y se aplica a partir del año 2017.
Mauricio Saibene y Sandra Ferrero
Secretaría de Educación del Sadop