Río Cuarto | La niñera

Caso del "bebé sacudido": amplían la investigación a la madre y a la niñera

La causa tiene como único imputado al padre del niño fallecido, Gonzalo Gambero. Pero el nuevo fiscal, Daniel Miralles, ordenó un informe socioambiental de las dos mujeres y una pericia psicológica, únicamente para la niñera.
 Puntal.com.ar

La Justicia riocuartense ampliará la investigación de la muerte de Pedro Gambero, el bebé de 4 meses que falleció el 25 de agosto de 2017 en el Hospital San Antonio de Padua, a raíz de un presunto maltrato.

El nuevo fiscal de la causa, Daniel Miralles, acaba de ordenar dos medidas probatorias que profundizan la pesquisa y buscan determinar si la madre del pequeño y la niñera que estaba encargada de su cuidado cuando los padres se ausentaban de su domicilio tuvieron algún tipo de responsabilidad en el fatal desenlace.

Así, Miralles pidió que se practique un informe socioambiental a María Lucrecia Piñeiro, la madre de Pedro, y a la niñera Nancy Elizabeth Gómez Palta.

Además, Gómez Palta será sometida a una pericia psicológica para conocer los aspectos más relevantes de su personalidad e incluir ese estudio en el expediente, que recientemente se mudó desde la Fiscalía de Segundo Turno a la de Cuarto Turno.

Por el momento, esta delicada causa mantiene como único imputado al padre del bebé, Gonzalo Gambero, quien se encuentra acusado por un presunto caso de shaking baby syndrome, o síndrome del niño sacudido.

Por ese motivo, el fiscal de Instrucción que inició la investigación, Javier Di Santo, había acusado a Gambero del delito de lesiones graves calificadas reiteradas y homicidio calificado por el vínculo.

Además, ordenó que se lo enviara a un juicio con jurado popular. Sin embargo, esa decisión fue revocada por el juez de control subrogante Mariano Correa.

En su fallo, Correa sostuvo que la investigación no estaba agotada y que se debía profundizar la mirada sobre la madre del bebé y la niñera.

Como el fiscal Di Santo insistió con sus argumentos, la causa recayó en una cámara de apelaciones que avaló al juez de Control.

De esa manera, devolvió el expediente a la Fiscalía de Segundo Turno con la prescripción de que siguiera investigando.

El expediente finalmente recaló en la Fiscalía de Cuarto Turno, a cargo de Miralles, luego de que Di Santo se excusara de seguir en la causa, tras el pedido formal de apartamiento que solicitara la abogada defensora de Gambero, Rosa Sabena.

En diálogo con Puntal, la letrada mostró su conformidad con las últimas medidas procesales.

“Al igual que mi cliente y su familia, estamos conformes porque consideramos que se está haciendo justicia. Se está demostrando lo que dije inicialmente, que no había paridad en el tratamiento, porque todas las culpas recaían sobre el padre, sin tener en cuenta que eran tres las personas que estaban al cuidado del niño”, remarcó Sabena.

Consideró que lo que está haciendo Miralles es dar cumplimiento a lo que en su momento pidieron el juez de Control y la Cámara de Apelaciones. “Esperamos saber la verdad, Gonzalo Gambero quiere saber qué es lo que pasó con su hijo y que se haga justicia. Creo que vamos en ese camino porque se empezó a investigar a las dos personas que no fueron tenidas en cuenta por el fiscal anterior”, opinó Sabena.

¿Cómo son las pericias?

El informe socioambiental que Miralles indicó tanto para la madre del bebé fallecido como para la niñera consiste en recabar datos sobre la composición de sus familias, los lazos que las unen, si actualmente se encuentran o no en pareja y si existen indicadores de violencia física, económica o algún otro dato que consideren pertinente para la investigación.

Esa tarea será llevada adelante por el cuerpo técnico de Asistencia Judicial de los Tribunales locales.

A su vez, la pericia psicológica que el fiscal de Instrucción ordenó hacer a la niñera será elaborada por el psicólogo forense Martín San Millán.

En ese caso, lo que el licenciado buscará determinar serán los siguientes aspectos:

n Nivel intelectual de Gómez Palta.

n Características relevantes de su personalidad.

n Estructura de personalidad

subyacente.

n Presencia de indicadores de victimización o algún tipo de trastorno psicopatológico.

n Factores de agresividad, compulsividad o impulsividad, como así también propensión a la realización de conductas agresivas hacia su persona y/o terceros.

n Tendencia a la fabulación o confabulación, mitomanía, sugestionabilidad y al relato de episodios vivenciados, que no se condigan con la realidad.

n Existencia y extensión de daño psíquico.

n Cualquier otra circunstancia de interés para investigación.