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La Pampa: absuelven al sacerdote Padilla del delito de abuso sexual

La jueza aplicó el "beneficio de la duda" en los cargos que pesaban contra el cura cuando estaba en la parroquia de Intendente Alvear

El sacerdote José Miguel Padilla fue absuelto ayer por la Justicia de La Pampa del delito de abuso sexual al término de un juicio oral por "no tener la certeza necesaria" para condenarlo por hechos ocurridos en un convento entre 2015 y 2016, informaron fuentes judiciales.

La medida fue dispuesta por la jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, en favor del cura de 68 años, a quien se acusaba de "abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por un ministro de culto reconocido como delito continuado".

La magistrada aplicó "el beneficio de la duda" pese a que la fiscalía había pedido que se lo condene a la pena de diez años de prisión.

La investigación comenzó el 11 de noviembre de 2019 por una presentación efectuada en dependencias de la Unidad de Atención Primaria del Ministerio Público Fiscal, en la que el denunciante, Vicente Suárez Wollert, aseguró haber sido víctima de abusos sexuales por parte de Padilla.

Los hechos denunciados se registraron entre diciembre de 2015 y abril de 2016.

Por entonces, Padilla era el párroco a cargo de la Fraternidad de Belén, que funciona en la parroquia La Inmaculada de Intendente Alvear, en cuyo convento estuvo el cura ayer absuelto entre el 24 de diciembre de 2015 y el último día del mes de abril de 2016.

En el fallo, la jueza expresó que "luego de las siete jornadas de debate, con la prueba producida y la incorporada, adelanto que no tengo la certeza necesaria que requiere esta etapa para reprocharle al acusado las conductas enrostradas. Esto es, ni la fiscalía ni la querella han demostrado con grado de certeza los extremos afirmados en sus acusaciones", aseveró.

"Como dije, si bien ocurren en la intimidad, lo cierto es que el testimonio debe ser corroborado por otros elementos, aún en circunstancias cercanas o vinculadas a los hechos y con este relato, en el presente caso, no ha ocurrido de esa manera. Los testigos que concurrieron a la audiencia no corroboraron ninguno de los extremos afirmados por el denunciante, ni siquiera en los que hacían a la vida cotidiana en el convento", dijo Gianinetto.