Mediante ese escenario, los economistas analizaron el impacto fiscal y quién se apropió de la menor presión tributaria. A partir del valor FOB declarado de cada producto y las alícuotas nuevamente vigentes, Artusso y Lucero estimaron el costo fiscal de la eliminación temporaria de los Derechos de Exportación. De acuerdo con los cálculos, este costo fiscal asciende a 1.530 millones de dólares (0,2% del PIB 2025). Los principales rubros beneficiados son harina de soja, porotos de soja y aceite de soja, que en conjunto explican más del 80% del costo fiscal. Entre los cereales, se destacan también trigo y maíz, aunque con montos bastante menores en comparación con el complejo sojero. Otros productos —como aceites y harinas de girasol, cebada, sorgo y harina de trigo— muestran una incidencia muy reducida.
“La eliminación temporaria de los Derechos de Exportación implica un sacrificio de recursos para el Estado, mientras que la contracara es un beneficio, a priori, para la producción, quien aporta a esta recaudación y sufre la incidencia del impuesto. Si bien el sector exportador es quien deja de pagar el impuesto en sus operaciones, para hacerse de la mercadería debe competir por los granos en el mercado interno, lo que tiende a trasladar al menos parte de la menor presión tributaria hacia los productores primarios, en forma de mejores precios. Al menos, esto es lo que la teoría indicaría”, explicaron los economistas.
Al mismo tiempo, el esquema de liquidación anticipada de divisas que acompañó a la eliminación transitoria de los DEX (obligación de entregar los dólares al BCRA antes de disponer de los granos y, menos aún, de efectivizar la operación y recibir el ingreso de la venta) introdujo sobrecostos relevantes para el exportador (aún mayores en el industrial exportador). Este debió anticipar los dólares antes de concretar la operación de exportación (se registraron liquidaciones por 6.100 millones de dólares entre el 23 de setiembre y el 1 de octubre), luego liquidarlos al tipo de cambio oficial, enfrentando riesgos de descalce de precios (por ejemplo, haber vendido al exterior a un valor más bajo que el que luego deberá pagar para comprar los granos en el mercado local) y de monedas (haber liquidado divisas al tipo de cambio oficial vigente, que podría resultar inferior al que rija al momento de comprar los granos). Tales condiciones lo obligan a buscar coberturas y a asumir mayores costos financieros, reduciendo así la magnitud del potencial beneficio asociado a la eliminación de los DEX.
En función de la singularidad que tuvo el esquema de DEX 0% (cupo, pocos días de vigencia, liquidación anticipada del 90% del valor declarado), surgieron dudas respecto de quién en definitiva se terminará beneficiando de la menor carga tributaria y en qué magnitud. La discusión gira en torno fundamentalmente de la proporción o magnitud relativa del beneficio recibido por los dos eslabones claves de la cadena, si la ecuación económica que mejorará más es la del eslabón comercial o será la del eslabón productivo. En ese punto, los economistas de la Mediterránea remarcaron que “en el caso de la soja, la diferencia entre el precio de paridad de exportación con DEX 0% y con DEX 26% se ubicaba en torno a 160 mil pesos por tonelada en la semana previa al 19 de septiembre, reflejando el costo pleno del impuesto sobre el precio interno. Hasta esa fecha, el precio pizarra de la soja se movía prácticamente alineado con la paridad DEX 26% (no había casi brecha), lo que indicaba que el mercado no estaba anticipando algún beneficio hipotético de una posible reducción del tributo”.
Luego avanzaron y destacaron que “desde la eliminación transitoria, la situación cambió: la brecha entre el precio de pizarra y el precio de paridad DEX 26% se amplió de manera marcada, con un promedio de 96 mil pesos por tonelada entre el 22 de septiembre y comienzos de octubre. Esto implica, para una brecha entre precios de paridad del orden de 143 mil pesos la tonelada en ese mismo período, que los productores con mercadería disponible y que vendieron sus granos de soja lograron apropiarse de cerca de dos tercios (67%) del alivio fiscal, al recibir precios internos significativamente más altos. El tercio restante del beneficio viene quedando del lado de los exportadores. “Sin embargo, es importante subrayar que este remanente deberá destinarse, al menos en parte, a cubrir mayores costos financieros y de cobertura que enfrenta el sector exportador por la liquidación anticipada de divisas (particularmente el sector industrial exportador)”, indicaron los economistas.