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Pelea por el Rectorado: por falta de avales, la Junta Electoral no aceptó la lista de Casale

El candidato apelará la determinación. Si no hay marcha atrás, sólo quedarán González y Rovera

La Junta Electoral de la Universidad Nacional de Río Cuarto definió no reconocer la lista de “Visión Universitaria”, encabezada por César Casale y Mónica Re, de cara a la próxima elección por el Rectorado. Según trascendió, el espacio opositor no logró los avales necesarios, por lo que quedó fuera de carrera y, al menos por ahora, los únicos que competirán por suceder a Roberto Rovere serán Sergio González, de “Nuevo Impulso”, y Marisa Rovera, de “Transformar UNRC”.

Tras conocer la resolución, a través de un comunicado difundido por mail, César Casale anticipó que impugnarán la medida y consideró que, de no haber marcha atrás con lo dispuesto, recurrirán a la Justicia.

“La Junta consideró que la lista 9 presentó 893 avales que fueron controlados por la UTI (Unidad Tecnológica de la Información), de los cuales 820 corresponden a personas distintas. Como se requería presentar 832, hay un faltante de 12 avales. Según lo establecido por la resolución del Consejo Superior Nro. 001/2012 anexo 1 disposiciones generales 1 y 2, las listas a Rector y Vice deben encontrarse avaladas por el 5% del padrón electoral. Nosotros vamos a impugnar la resolución de la Junta Electoral debido a que encontramos anomalías”, indicó Casale.

“La lista ‘Visión Universitaria’ presentó 1.147 avales y no 893 como versa la resolución que nos notificó la Junta Electoral. De esto se desprende que la Junta Electoral no contabilizó 254 avales. Además, la Junta Electoral no consideró el punto 9 del anexo 1 de la misma Resolución Rectoral 001/2012, que citamos: ‘Las disposiciones del presente régimen deberán ser interpretadas con un criterio amplio, en el sentido de posibilitar el acabado ejercicio de los derechos electorales. Cuando existieren defectos formales en el trámite del proceso electoral, la Junta Electoral emplazará al interesado o a su apoderado para que lo solucione en un plazo perentorio que determinará prudentemente, bajo apercibimiento de tener por no cumplido el acto. Esta disposición se aplicará siempre que las presentaciones hayan sido interpuestas en los plazos que fija la normativa aplicable y el cronograma electoral respectivo’. El precedente punto 9 expresa con meridiana claridad que, en todo caso, si faltasen avales, antes de desestimar nuestra lista, la Junta Electoral debería haber cumplido y darnos un plazo para la presentación de los 12 avales restantes por ‘defectos formales’ según lo referido, máxime considerando que ‘Visión Universitaria’ presentó la lista de candidatos con sus respectivos avales en tiempo y forma”, agregó Casale.

“‘Visión Universitaria’ apela al legado histórico y democrático de la Universidad y el cumplimento del punto 9 mencionado con la interpretación de un criterio amplio para el ejercicio de los derechos electorales. De no cumplirse con la reglamentación por parte de la Junta Electoral, deberemos tomar la decisión indeclinable de utilizar la vía judicial pertinente, sin perjuicio de que por este acto la lista mantenga latente el derecho de accionar por daños y perjuicios. Los reclamos de estos derechos fortalecen nuestro convencimiento de luchar por una universidad más justa, solidaria y democrática, respetando toda la reglamentación vigente”, concluyó el docente de la Facultad de Exactas.