El abogado cordobés Carlos Hairabedian radicó la semana pasada el pedido formal con el argumento de que el tribunal condenó a Medina como autor del crimen de Claudia Muñoz sin respetar el principio “in dubio pro reo”.
Así se denomina al mandato constitucional que establece que en caso de duda se debe favorecer a la persona que viene acusada de un delito.
Tras la reapertura de los Tribunales y más de tres meses después de que se conociera el fallo que condenó a Sergio Medina a 15 años de cárcel, la defensa presentó el recurso de casación para intentar torcer la decisión de la Cámara Primera del Crimen de Río Cuarto.
La cuestionada investigación estableció que el asesinato de Claudia Muñoz se produjo entre el 9 de mayo de 2017, entre las 16.36 y las 17.10, cuando Claudia Muñoz estaba en su local de la venta de indumentaria “Mil Sol”, en San Martín 2074. Afirma que hasta allí llegó Medina, armado con un cuchillo, y tras llevar a Muñoz hasta el probador la atacó con 33 puñaladas.
Hairabedian dijo que nunca nadie vio entrar o salir de la pilchería a su defendido y recordó que la condena que le aplicaron a Medina los jurados populares y los camaristas se basó en prueba indiciaria “anfibológica”, es decir, que no necesariamente incriminaba al acusado. ¿Cuáles eran esos indicios? El letrado los repasó:
n Que Sergio Medina y Claudia Muñoz se conocían desde hacía tiempo.
n Que Medina era cliente del negocio de ropa de Muñoz.
n Que el día del crimen el albañil de Las Albahacas se encontraba en en Río Cuarto, a donde había traído a su padre enfermo.
n Que la cámara del comercio de la concesionaria Darío Gordo lo captó a las 16.20, a paso apurado y caminando en la misma dirección que la víctima.
n Que en la escena del crimen apareció una campera azul con la impresión de la palma de una mano con restos de sangre.
n La ausencia de la ficha de cliente de Sergio Medina.
n La llamada en la que Liliana Muñoz, hermana de la víctima, le sonsacó información a Medina, “de mentira a verdad”.
n El indicio de mala justificación.
Sobre estos aspectos, Hairabedian precisó: “La meritación de los indicios seleccionados y valorados en la sentencia, en un enfoque en conjunto, permite arribar a un juicio de probabilidad sólo respecto a que Medina conocía a Muñoz y que el día del hecho mi asistido se encontraba en Río Cuarto. Pero tales indicios pueden llevar a conclusiones distintas y no necesariamente a una atribución de autoría de un homicidio”.
Acto seguido, rebatió cada uno de los indicios y recordó que, días antes del crimen, testigos vieron a Muñoz nerviosa y pendiente del teléfono, situación que -a criterio de la defensa- era totalmente ajena a Medina y no se investigó a fondo.
Por último, la defensa adelantó que irá hasta la Corte Suprema si el TSJ rechaza el pedido absolutorio.

