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Certificado de discapacidad: relativizan que se haya eliminado el vencimiento

Las nuevas reglamentaciones nacionales ya están vigentes. En Río Cuarto, donde el 12% de la población tiene alguna discapacidad, referentes locales indicaron que se revisa “caso por caso” y aconsejan consultar en la Junta

El gobierno nacional reglamentó el Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento, una medida aprobada el año pasado, que implica que se eliminan los trámites de renovación. En Río Cuarto, el 12 por ciento de la población tiene la condición de discapacidad, pero solo una parte tiene el CUD. Para ellos, esta decisión significa que varios de los trámites se agilizan, en un contexto marcado por grandes dificultades para ejercer sus derechos.

Consultado sobre estos cambios, el exsubdirector de Discapacidad del Municipio, Germán Blanc, se mostró muy cauto a la hora de evaluar el impacto que puede tener.

“No es ni positiva ni negativa. Esta nueva resolución viene a esclarecer y hacer quizás más ágil la resolución anterior de la Agencia Nacional de Discapacidad. Las juntas tienen que revisar caso por caso. En algunos casos según los diagnósticos y según las patologías, puede agilizar las cosas y le da una cuestión de transparencia”, apuntó Blanc.

Por el contrario, sostuvo que, en otros casos, es complejo “porque tampoco podemos perder de vista que una persona en situación de discapacidad se quede sin actualizar las prestaciones porque la legislación cambia, las prestaciones cambian y el alcance de los beneficios que tenemos las personas con discapacidad también”.

Blanc indicó que quienes trabajan en la materia reciben consultas permanentemente sobre esta situación y en tal sentido aclaró que la Junta de Discapacidad revisa caso por caso.

-¿Qué impacto tiene?

-Con esta nueva resolución, hay criterios nuevos para tener en cuenta con el CUD. En mi caso, por ejemplo, tengo una lesión medular y necesito una silla de ruedas y un determinado equipamiento. Yo tengo una una vejiga neurogénica, y por lo tanto necesito de manera permanente sondas vesicales. Esas cosas se realizan y ahí es cuando se brinda un certificado al que le llaman sin vencimiento. Queda a cargo de la persona acercarse para la actualización. Yo recomiendo que se acerquen a las juntas de discapacidad, que consulten que revisen cada caso, porque cada caso es una particularidad.

-¿Qué recomendación le haría a la gente en situación de discapacidad?

-En lo personal me ha tocado asesorar a algunas personas que tienen el CUD, que no han tenido las dos renovaciones y que han tenido algunos inconvenientes con sus obras sociales para recibir la cobertura del 100 por ciento de medicación, porque en su fecha el certificado está vencido. A pesar de que está amparado con las prórrogas anuales que dieron los últimos años, de la pandemia hasta ahora. Con esta nueva resolución, es fundamental asesorarse. Y el único órgano que puede revisar esas prórrogas, que puede revisar los certificados, es, en Río Cuarto, la Junta de Certificación de la Provincia, que funciona en el Viejo Hospital.

La resolución

El gobierno nacional fijó recientemente los criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento. El CUD es un documento que certifica la discapacidad de una persona y le permite acceder a los derechos y prestaciones que brinda el Estado.

En marzo de 2023, se había establecido que el CUD dejaría de tener vencimiento y que esta modalidad se implementaría por etapas. Ahora, a través de la Resolución 1654/2024, publicada en el Boletín Oficial, se establecieron los criterios apara otorgar el CUD sin vencimiento.

Los nuevos criterios son para emitir el CUD sin vencimiento establecen cuatro casos diferentes.

Renovaciones previas: personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente dos certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF).

Persona mayor: personas que al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos 5 años.

Necesidad de equipamiento permanente: personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales.

Asimismo, se explica que en los casos mencionados se podrá solicitar la actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) "cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás".