Agua: Ersep les ordenó a 40 pueblos cambiar la forma de la facturación
El Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep) ordenó que se cambie el modelo de facturación del servicio de agua potable. La medida impactará en los 40 municipios que están bajo la órbita de la regulación del organismo provincial.
Entre las medidas que dispuso el Ersep, en la primera disposición ordena efectuar la facturación en forma independiente a cualquier otro concepto que resulte ajeno o no asociado a la prestación del servicio público de agua. Esa disposición se hace además extensiva al servicio de saneamiento cuando el servicio sea prestado por la misma concesionaria.
El modelo de factura que dará las certezas señaladas, previo a su implementación, deberá ser presentado por las prestatarias ante el Ersep para su aprobación dentro del término de treinta días de publicarse la resolución en el Boletín Oficial.
El ente además habilita que haya un sistema de troquelados; es decir, que los municipios o las cooperativas que cobran servicios o tasas adicionales con el servicio de agua podrán seguir haciéndolo pero no ya dentro de la factura del agua sino con un troquel adosado. “No se podrá incorporar a la factura ítem alguno que no haya sido autorizado previamente por este ente regulador”; dice el comunicado de prensa emitido ayer por el organismo provincial.
La segunda medida en relación a la facturación del servicio público de agua tiene que ver con la función de las distribuidoras como agentes de percepción o retención de tasas municipales o comunales. En este sentido, el Ersep resolvió que las distribuidoras de agua y/o saneamiento de la Provincia de Córdoba no podrán percibir tasas o contribuciones, pudiendo facturar sólo lo directamente relacionado con el servicio.
En el caso de Río Cuarto, que cobra en las facturas dos fondos específicos (el FOP y el Fodis), podrá seguir percibiéndolos porque el Emos es un ente autónomo que no tiene convenio para someterse al control del Ersep. Es decir, no habrá cambios por el momento.
Por último, se dispuso que, siendo el agua y la energía servicios esenciales y prioritarios, se deberá propender en agua y saneamiento a la gratuidad del uso del espacio público a los fines de la prestación del servicio, tal como sucede en la energía eléctrica, ello en virtud a un principio de equidad e igualdad a favor del usuario.
Entre las medidas que dispuso el Ersep, en la primera disposición ordena efectuar la facturación en forma independiente a cualquier otro concepto que resulte ajeno o no asociado a la prestación del servicio público de agua. Esa disposición se hace además extensiva al servicio de saneamiento cuando el servicio sea prestado por la misma concesionaria.
El modelo de factura que dará las certezas señaladas, previo a su implementación, deberá ser presentado por las prestatarias ante el Ersep para su aprobación dentro del término de treinta días de publicarse la resolución en el Boletín Oficial.
El ente además habilita que haya un sistema de troquelados; es decir, que los municipios o las cooperativas que cobran servicios o tasas adicionales con el servicio de agua podrán seguir haciéndolo pero no ya dentro de la factura del agua sino con un troquel adosado. “No se podrá incorporar a la factura ítem alguno que no haya sido autorizado previamente por este ente regulador”; dice el comunicado de prensa emitido ayer por el organismo provincial.
La segunda medida en relación a la facturación del servicio público de agua tiene que ver con la función de las distribuidoras como agentes de percepción o retención de tasas municipales o comunales. En este sentido, el Ersep resolvió que las distribuidoras de agua y/o saneamiento de la Provincia de Córdoba no podrán percibir tasas o contribuciones, pudiendo facturar sólo lo directamente relacionado con el servicio.
En el caso de Río Cuarto, que cobra en las facturas dos fondos específicos (el FOP y el Fodis), podrá seguir percibiéndolos porque el Emos es un ente autónomo que no tiene convenio para someterse al control del Ersep. Es decir, no habrá cambios por el momento.
Por último, se dispuso que, siendo el agua y la energía servicios esenciales y prioritarios, se deberá propender en agua y saneamiento a la gratuidad del uso del espacio público a los fines de la prestación del servicio, tal como sucede en la energía eléctrica, ello en virtud a un principio de equidad e igualdad a favor del usuario.