El Ente Regulador de los Servicios Públicos (Ersep) resolvió ayer obligar a las distribuidoras del servicio eléctrico a efectuar cambios en las facturaciones que estas realizan a sus clientes.
La primera medida ordena efectuar la facturación en forma independiente a cualquier otro concepto que resulte ajeno o no asociado a la prestación del servicio de energía eléctrica.
El modelo de factura que dará las certezas señaladas, antes de su implementación, deberá ser presentado por las prestatarias ante el Ersep para su aprobación dentro del término de treinta (30) días de publicarse la resolución en el Boletín Oficial, pudiendo proponerse un sistema de troquelados. No se podrá incorporar a la factura ítem alguno que no haya sido autorizado previamente por este regulador.
La segunda medida importante tomada por el Ente de Control tiene que ver con la función de las distribuidoras como agentes de percepción o retención de tasas municipales o comunales. En este sentido, el Ersep resolvió que las distribuidoras sólo podrán percibir lo facturado por energía eléctrica consumida estricta y efectivamente para el uso público, como lo es el alumbrado y la semaforización.
Por último, se dispuso respecto del uso del espacio público para la prestación del servicio de energía eléctrica, que deberá respetarse su carácter gratuito a todas las prestatarias.
Según explicó el organismo, la resolución del Ersep “ha considerado reclamos por parte de usuarios en relación a los distintos ítems e importes de dinero que deben abonar en las facturas de electricidad, buscando evitar situaciones confusas que distorsionan la determinación de las tarifas y su facturación, llevando claridad y simplicidad en las mismas”, puntualizó mediante un comunicado.
El modelo de factura que dará las certezas señaladas, antes de su implementación, deberá ser presentado por las prestatarias ante el Ersep para su aprobación dentro del término de treinta (30) días de publicarse la resolución en el Boletín Oficial, pudiendo proponerse un sistema de troquelados. No se podrá incorporar a la factura ítem alguno que no haya sido autorizado previamente por este regulador.
La segunda medida importante tomada por el Ente de Control tiene que ver con la función de las distribuidoras como agentes de percepción o retención de tasas municipales o comunales. En este sentido, el Ersep resolvió que las distribuidoras sólo podrán percibir lo facturado por energía eléctrica consumida estricta y efectivamente para el uso público, como lo es el alumbrado y la semaforización.
Por último, se dispuso respecto del uso del espacio público para la prestación del servicio de energía eléctrica, que deberá respetarse su carácter gratuito a todas las prestatarias.
Según explicó el organismo, la resolución del Ersep “ha considerado reclamos por parte de usuarios en relación a los distintos ítems e importes de dinero que deben abonar en las facturas de electricidad, buscando evitar situaciones confusas que distorsionan la determinación de las tarifas y su facturación, llevando claridad y simplicidad en las mismas”, puntualizó mediante un comunicado.

