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Premisas básicas de seguridad en la construcción

Ejecutar un proyecto de obra demanda una serie de requisitos a tener en cuenta al momento de contratar personal para la labor. ¿Cuáles son los deberes y obligaciones principales?

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Materializar un proyecto implica contar con la mano de obra apropiada para la ejecución de la tarea constructiva. Esa actividad, a la vez, trae consigo una serie de riesgos que es necesario minimizar para reducir cualquier tipo de imprevisto.

A la vez, demanda la obligatoriedad de contar con las garantías de un respaldo que permita hacer frente a cualquier tipo de siniestro.

A diferencia del ámbito industrial y agropecuario, el universo de la construcción es muy amplio y precisar las cuestiones a atender en este ámbito nos llevaría varias páginas de este suplemento. Por ello, abordaremos nociones básicas a tener en cuenta en el rubro de la construcción, fundamentalmente, en la ejecución de proyectos en altura, donde los riesgos se acentúan por las condiciones de trabajo.

El licenciado en Higiene y Seguridad en el Trabajo Guillermo Viale (M. CIEC Nº 7.015) traza un panorama en torno a las consideraciones generales que deberían atenderse al momento de iniciar la ejecución de una obra, al tiempo que aclara que cada tipología tendrá sus propias especificidades y, por ende, sus determinadas exigencias.

En diálogo con Puntal ADC, señala que antes del inicio de una obra de grandes dimensiones, tal como lo es un edificio en altura, deben cumplimentarse los trámites para obtener una serie de permisos que habiliten la concreción de la misma y será el Ministerio de Trabajo la entidad de contralor que exigirá cuestiones elementales, como cartelería de obra, bandeja de protección, tablero eléctrico con disyuntor, entre otras.

“El personal para una obra en construcción que se contrata en relación de dependencia debe disponer de una ART. A la vez, debe dotarse al mismo de los elementos de protección personal básicos y brindarle capacitación e infraestructura necesaria para que la persona pueda llevar a cabo las tareas de manera segura”, comenta Viale.

En términos generales, el trabajador debe disponer de casco protector, calzado con puntera, protección ocular, guantes y ropa de trabajo. “Cada trabajo puntual va a requerir de elementos de protección específicos, por ejemplo, quien manipule una amoladora deberá disponer de una máscara protectora facial, o quien esté a cargo de las soldaduras deberá disponer al menos de un delantal de cuero, careta para soldar, guantes de soldador, pantalones y telas de descarne”, expresa.

Viale aclara que es común observar el uso de la faja lumbar, lo que si bien no es un elemento de protección personal, ayuda a mejorar la postura de trabajo.

Trabajos en altura

En la construcción de edificios pueden diferenciarse al menos tres modalidades de trabajos en altura y se deberá dotar de equipos y medidas de seguridad conforme a cada una. Ellas son:

-Trabajo en altura “en silleta”: se realiza sobre una suerte de hamaca en la que el trabajador se sienta sobre una tabla que pende desde el punto más alto del edificio. Ese operario deberá disponer de un arnés conectado a una “línea de vida”, que va atada de forma independiente a la sujeción de la silleta.

- Andamio colgante: es una de las modalidades más comunes y se utiliza mucho al momento de ejecutar revoques o tareas de pintura. No es más que un andamio -de uno o dos tablones de ancho- que pende de dos cables de acero y que los operarios van accionando a través de un cricket o de guinches eléctrico. Contiene barandas que se ubican por sobre la altura de la cintura del trabajador y poseen rodapié, que no es más que una tabla de diez centímetros que se ubica de manera vertical tipo zócalo que sirve de barrera de contención para evitar la caída de objetos desde el andamio al vacío. Los tablones están firmemente atados a la estructura del andamio. En este caso, cada trabajador deberá tener su arnés salva caída sujeto con una línea de vida conectada al punto más alto del edificio.

-Trabajos libres con protección independiente: refiere a las tareas que se llevan a cabo en una altura superior a los 2.5 metros en las que el trabajador se desplaza con independencia de cualquier tipo de infraestructura y requiere protección personal. Pueden ser tareas sobre los límites del perímetro de un edificio o en la cornisa, por ejemplo. Aquí el obrero debe disponer de un arnés salva caída con cola de amarre anclado con un cabo de vida en algún punto alto del edificio, de manera tal que lo retenga ante una eventual caída.

“El arnés está conformado por una serie de fajas de nylon cosidas que copian el entorno del cuerpo similar a los arneses que utilizan los paracaidistas. La cola de amarre o cabo de vida es la línea que conecta en un punto en altura para sujetar al trabajador en caso de una caída”, explica Viale.

Para precisar: “Hay dos tipos de cola de amarre: fijas y con amortiguador, esta última está conformada por una serie de costuras superpuestas que van cediendo en la medida que frenan la velocidad de la caída. Asimismo, requieren de un mínimo de 6 metros para que su implementación sea eficaz, ya que si es menor no tienen la distancia necesaria para su total despliegue”.

-¿Existen distintas exigencias en función del rol de cada operario en una obra?

-Como dijimos antes, existe un estándar de Elementos de Protección Personal (EPP) comunes a distintas labores, pero cuando se requieren trabajos específicos como trabajos eléctricos con tensión, en altura, en espacios confinados, en excavaciones profundas, entre otros, requieren de elementos particulares a cada trabajo.

-En tareas que impliquen mayor riesgo, ¿se acentúan los requisitos y exigencias de seguridad?

-Sí, se acentúan. Se deben incrementar las medidas de seguridad para que ese tipo de trabajo sea seguro porque tiene condiciones particulares. En una obra en construcción de un edificio, puede ser o no normal diariamente preparar un permiso de trabajo especial o se hace una capacitación previa para reforzar los pasos que requiere la tarea. Por ejemplo, cómo proceder ante un eventual desmoronamiento en una excavación, muy propia de las fundaciones en los grandes edificios. En tareas de excavaciones que cumplen con una resolución o trabajos confinados si deben llevar permisos de trabajo.

-¿Se exigen capacitaciones para determinadas tareas?

-Es una obligación y parte de la normativa que los trabajadores estén capacitados en los riesgos inherentes a sus tareas. El programa de seguridad, que es una de las condiciones legales, contempla un plan de capacitación referido a elementos de protección personal, primeros auxilios, riesgo eléctrico, trabajo en altura, qué hacer ante una emergencia, cómo actuar en un accidente para llamar al ART, cómo asistir al herido, entre otros. Es decir, se confecciona en función de la obra a ejecutar. Los trabajos que llevan una capacitación con excepción para ese tipo de trabajo particular son: trabajos con tensión, trabajos en altura, en excavaciones, en espacios confinados y trabajos con riesgo de incendio o manipulación de sustancias químicas, entre otros.

Por Javier Borghi