El TSJ confirmó que el abogado Marzari irá a juicio por supuesta estafa
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) confirmó que el abogado del fuero local Marcelo Marzari irá a juicio por supuesta estafa en contra de una exclienta, a la que le habría cobrado por una casa que nunca le habría entregado. La defensa del imputado había recurrido un fallo que ordenaba realizar el debate oral, pero el máximo órgano judicial de Córdoba no lo admitió. Ahora, la Cámara Segunda del Crimen de Río Cuarto, que llevará adelante el proceso, debe fijar la fecha de la audiencia.
En un fallo emitido el 20 de septiembre último, la sala penal del TSJ declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Marzari y, en consecuencia, se confirmó la elevación a juicio de la causa en su contra por estelionato, un tipo de estafa contemplado en el Código Penal.
En la resolución firmada por los vocales Sebastián Cruz López Peña, Aída Tarditti y María Marta Cáceres, declararon “formalmente inadmisible el recurso de casación interpuesto por el doctor Jerónimo Trebucq en su condición de abogado defensor del acusado Marcelo Antonio Marzari”.
El caso
La víctima de la estafa, Edith Daniela Olivera, denunció al abogado Marcelo Antonio Marzari por estafa, después de haberle entregado una suma millonaria de dinero a cambio de una vivienda que jamás recibió. Habían acordado la venta de un terreno y la construcción de una casa en el country San Esteban, pero todo indica que solo ella cumplió su parte.
Según la acusación formulada por el fiscal de instrucción Pablo Jávega, ambos celebraron en noviembre de 2016 un contrato de compraventa, en el cual el abogado Marzari se comprometió a transferirle a Olivera el dominio de un lote ubicado en el barrio cerrado y la construcción de una vivienda en dicho lugar.
Habrían pactado una entrega inicial de un millón de pesos y el saldo, de 2,5 millones de pesos, se abonaría en cuotas. La denunciante advirtió que el abogado incumplió el acuerdo.Además, constataron que la propiedad no pertenecía a Marcelo Marzari, sino a un hijo suyo.
Al requerir la elevación a juicio, el fiscal Jávega le reprochó al imputado los delitos previstos en los artículos 45 y 173 inciso 9 del Código Penal, este último referido al "que vendiere, gravare o arrendare como propios bienes ajenos".
La causa tiene un largo recorrido en los Tribunales locales. Tras elevarse a juicio, el Juzgado de Control revocó esa medida en abril del año pasado y sobreseyó a Marzari. Sin embargo, una apelación de la querella llevó el caso a la Cámara Segunda del Crimen, que ratificó la decisión inicial.
El 12 de septiembre de 2022 aquel tribunal resolvió “hacer lugar al recurso interpuesto por la querellante con el patrocinio del D. Espamer. Revocar el sobreseimiento dispuesto por el Juzgado de Control de Río Cuarto”.