Río Cuarto
Una vez que se acepta prestar el vientre, no hay marcha atrás
El acuerdo entre dos amigas de una localidad cordobesa para que una geste el bebé que la otra anotará como propio recibió la anuencia de un juez de la provincia. El magistrado remarcó que el compromiso deberá respetarse a rajatabla
La decisión de una mujer cordobesa de facilitarle su vientre a una amiga que no puede tener hijos, tuvo el visto bueno de un juez que autorizó a que se lleve adelante el acuerdo, aunque advirtió que una vez iniciado el embarazo no será posible que la mujer gestante dé marcha atrás en su propuesta.
Una de ellas iniciará un tratamiento de fertilización asistida. Para eso obtendrá la donación del óvulo y espermatozoides de personas anónimas. Mientras esa mujer lleva adelante la gestación del bebé, su amiga lo inscribirá como hijo propio en el Registro Civil.
El funcionario que autorizó la inusual práctica es el juez de primera nominación de Familia de la ciudad de Córdoba, Luis Belitzky. Para poder darles vía libre a la propuesta que las mujeres presentaron en la Justicia, el magistrado debió declarar la inconstitucionalidad del artículo 562 del Código Civil y Comercial, para el caso concreto. Ese artículo determina que la persona humana nacida mediante una técnica de reproducción humana asistida es hija de quien la dio a luz.
Consultado por Cadena 3, el juez Belitzky dejó en claro que la decisión de prestar voluntariamente el vientre a otra mujer no es reversible. Es decir, una vez iniciado el embarazo no puede darse marcha atrás. Belitzky dijo que una vez comenzado el procedimiento de la técnica de reproducción humana asistida, la mujer gestante no podrá arrepentirse de renunciar al nexo con el bebé.
Belitzky subrayó que la mujer gestante no tiene voluntad procreacional ni tampoco tendrá un vínculo biológico con el bebé.
“Es un planteo que hacen dos mujeres que por determinados motivos fisiológicos una de ellas no puede ser mamá”, explicó.
En la misma entrevista radial, se le planteó al magistrado la posibilidad de que esta práctica pueda extenderse de manera comercial y su respuesta sobre ese punto dejó una puerta abierta: “Si fuera un acto comercial tampoco lo tengo tan claro qué es lo que se debiera prohibir”, indicó.
El peregrinaje por ser madre
La mujer que inscribirá al niño como propio hace siete años había intentado someterse a una fertilización asistida con donante masculino anónimo. Pero, luego de realizarse los estudios prescriptos, se le diagnosticó cáncer de útero, lo que terminó en la extirpación total del órgano.
Ante estas dificultades médicas, una amiga se ofreció a ayudarla a cumplir su anhelo de tener un hijo, sin que en esta decisión mediaran intereses económicos. En su presentación expresaron las partes que se trataba de un “gesto netamente altruista basado exclusivamente en el vínculo habido y cultivado entre las familias de ambas”.
De esta manera, la mujer que prestará el vientre accedió a hacerlo convencida de que su único rol será gestar el bebé. Para ello, recibirá óvulos y espermatozoides de donantes anónimos, por lo que, además de no existir voluntad procreacional de su parte, tampoco habrá un nexo biológico.
En la resolución, el magistrado expresó que la norma del artículo 562 del Código Civil aparece, en el caso concreto, como inconstitucional, puesto que impide a esa mujer “ser madre mediante la utilización de técnicas de reproducción humana médicamente asistidas” y avanza sobre sus derechos subjetivos.
Finalmente, el juez Belitzky recomendó que la madre ponga en conocimiento del niño su realidad biológica y el modo en que fue gestado, en la medida en que su capacidad y grado de madurez lo vayan permitiendo. También manifestó el deseo de que las amigas mantengan informado al tribunal sobre el avance del embarazo y el nacimiento del niño. Esto, sin formalidad alguna, resaltando que esto no resulta obligatorio.
Una de ellas iniciará un tratamiento de fertilización asistida. Para eso obtendrá la donación del óvulo y espermatozoides de personas anónimas. Mientras esa mujer lleva adelante la gestación del bebé, su amiga lo inscribirá como hijo propio en el Registro Civil.
El funcionario que autorizó la inusual práctica es el juez de primera nominación de Familia de la ciudad de Córdoba, Luis Belitzky. Para poder darles vía libre a la propuesta que las mujeres presentaron en la Justicia, el magistrado debió declarar la inconstitucionalidad del artículo 562 del Código Civil y Comercial, para el caso concreto. Ese artículo determina que la persona humana nacida mediante una técnica de reproducción humana asistida es hija de quien la dio a luz.
Consultado por Cadena 3, el juez Belitzky dejó en claro que la decisión de prestar voluntariamente el vientre a otra mujer no es reversible. Es decir, una vez iniciado el embarazo no puede darse marcha atrás. Belitzky dijo que una vez comenzado el procedimiento de la técnica de reproducción humana asistida, la mujer gestante no podrá arrepentirse de renunciar al nexo con el bebé.
Belitzky subrayó que la mujer gestante no tiene voluntad procreacional ni tampoco tendrá un vínculo biológico con el bebé.
“Es un planteo que hacen dos mujeres que por determinados motivos fisiológicos una de ellas no puede ser mamá”, explicó.
En la misma entrevista radial, se le planteó al magistrado la posibilidad de que esta práctica pueda extenderse de manera comercial y su respuesta sobre ese punto dejó una puerta abierta: “Si fuera un acto comercial tampoco lo tengo tan claro qué es lo que se debiera prohibir”, indicó.
El peregrinaje por ser madre
La mujer que inscribirá al niño como propio hace siete años había intentado someterse a una fertilización asistida con donante masculino anónimo. Pero, luego de realizarse los estudios prescriptos, se le diagnosticó cáncer de útero, lo que terminó en la extirpación total del órgano.
Ante estas dificultades médicas, una amiga se ofreció a ayudarla a cumplir su anhelo de tener un hijo, sin que en esta decisión mediaran intereses económicos. En su presentación expresaron las partes que se trataba de un “gesto netamente altruista basado exclusivamente en el vínculo habido y cultivado entre las familias de ambas”.
De esta manera, la mujer que prestará el vientre accedió a hacerlo convencida de que su único rol será gestar el bebé. Para ello, recibirá óvulos y espermatozoides de donantes anónimos, por lo que, además de no existir voluntad procreacional de su parte, tampoco habrá un nexo biológico.
En la resolución, el magistrado expresó que la norma del artículo 562 del Código Civil aparece, en el caso concreto, como inconstitucional, puesto que impide a esa mujer “ser madre mediante la utilización de técnicas de reproducción humana médicamente asistidas” y avanza sobre sus derechos subjetivos.
Finalmente, el juez Belitzky recomendó que la madre ponga en conocimiento del niño su realidad biológica y el modo en que fue gestado, en la medida en que su capacidad y grado de madurez lo vayan permitiendo. También manifestó el deseo de que las amigas mantengan informado al tribunal sobre el avance del embarazo y el nacimiento del niño. Esto, sin formalidad alguna, resaltando que esto no resulta obligatorio.