Las uniones convivenciales ya se realizan en Río Cuarto
Desde ayer, ya se pueden realizar inscripciones de uniones convivenciales en Río Cuarto, trámite que hasta la semana pasada solo podía cumplimentarse en la capital provincial.
Justamente ayer se rubricó la primera unión de este tipo en el Registro Civil bajo la figura creada con la sanción del nuevo Código Civil.
Las uniones convivenciales son una figura creada con la sanción del nuevo Código Civil en el 2015.
Tras las gestiones realizadas ante la Dirección General del Registro Civil de la Provincia de Córdoba el trámite se descentralizó para que se pueda realizar en el Registro Civil de Río Cuarto.
La unión convivencial es el nombre con el cual el Código Civil y Comercial designa a la relación estable de pareja entre dos personas que viven juntas y comparten un proyecto de vida común sin estar legalmente casadas, es decir, lo que antes se llamaba concubinato.
Consiste en el registro en el Libro de Uniones Convivenciales, cuya acta puede ser utilizada todas las veces que sea requerida sin la necesidad de realizar una declaración jurada.
Hasta estos días, en Río Cuarto solo podía tramitarse el certificado de convivencia que expedía la sede policial del barrio en donde residían los convivientes y debía renovarse anualmente. En la actualidad, ese documento puede ser presentado como anexo en esta nueva tramitación que se efectúa por única vez.
El documento quedará registrado en el Ciudadano Digital y podrá ser descargado cuando se requiera.
La documentación necesaria para realizar una unión convivencial en el Registro Civil se debe presentar el día del turno asignado:
- Actas de nacimiento de cada conviviente actualizada (no más de seis meses de expedición). Los nacidos en otras provincias deberán contar con partidas legalizadas y los nacidos en el exterior con la certificación correspondiente.
- Si los convivientes tienen estado civil anterior (divorciados o viudos) se debe adjuntar el acta de matrimonio y, según corresponda, la nota de divorcio vincular actualizada o el acta de defunción.
- Si los convivientes tienen hijos en común se deben adjuntar las actas de nacimiento actualizadas.
- DNI de ambos convivientes con domicilio en común, con una antigüedad superior a los dos años.
- Dos testigos mayores de 18 años.
- Si existe pacto de convivencia se debe adjuntar el instrumento privado con firma certificada por escribano público o escritura según corresponda en cada caso.
- Prueba anexa con documentación que pruebe fehacientemente la convivencia que se pretende inscribir.
Para sacar turno o realizar consultas comuníquese al 0358-4671(187) o al email unionconvivencialr4@gmail.com.