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Villa María aprobó que haya tareas comunitarias para quienes participen de fiestas clandestinas

La ordenanza establece un mínimo de 21 horas y un máximo de 100 horas, dependiendo la gravedad de la falta.

Villa María estableció tareas comunitarias entre las sanciones para quienes participen de fiestas clandestinas.

 

La ciudad de Villa María sancionará con tareas comunitarias a las personas que organicen o participen o difundan fiestas clandestinas y a los que no denuncian contactos estrechos con casos positivos de coronavirus, según quedó establecido a través de una ordenanza.

La norma, aprobada por el Concejo Deliberante, establece una “sanción con trabajo comunitario con un mínimo de 21 horas y un máximo de 100 horas, dependiendo de la gravedad de la falta” a quien infrinja las normas establecidas para mitigar la propagación del coronavirus en el marco de la segunda ola de la enfermedad.

En este punto, la ordenanza indica que la aplicación de esta disposición corresponderá al Juzgado de Faltas y que, en caso de reincidencia, las sanciones deben duplicarse.

De acuerdo con lo previsto, por eventos clandestinos, la sanción se aplicará a quienes participen, organicen, realicen, encubran y difundan, tanto en espacios públicos como privados.

La ordenanzas establece una “sanción con trabajo comunitario con un mínimo de 21 horas y un máximo de 100 horas, dependiendo de la gravedad de la falta” a quien infrinja las normas establecidas para mitigar la propagación del coronavirus en el marco de la segunda ola de la enfermedad.

La norma, que alcanza a toda la población de Villa María, con más de 80.000 habitantes, también determina que “los cumplimientos de los trabajos comunitarios deberán ser en ámbitos relacionados a tareas de prevención y actuación por la pandemia por Covid-19”.

Asimismo, aclara que “la aplicación de la sanción de trabajo comunitario es independiente” de las que paralelamente puedan aplicar en el ámbito de otras normas vigentes, como la provincial y de los tribunales ordinarios.