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Imputan al banco Supervielle por su atención y descuentos compulsivos

La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor le adjudica a la entidad no tener canales de atención a sus clientes, hacer cobros irregulares a cuentas sueldos y a jubilados y emitir tarjetas y seguros sin pedidos previos.

Descuentos compulsivos en las cuentas sueldo. Cobros inadecuados por mantenimientos de cuentas. Tarjetas de crédito que los usuarios nunca tramitaron. Y, cuando se pretende hacer un reclamo, no hay nadie del otro lado. No hay cómo expresar las quejas en el Banco Supervielle. Ese es el resumen de irregularidades que la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor le imputó a la entidad bancaria en la que cada mes miles de jubilados y beneficiarios de la seguridad social van a cobrar sus haberes.

Si bien la resolución señala que las actuaciones se iniciaron de oficio, en realidad los procedimientos y revisiones comenzaron después de que la Defensoría del Pueblo de Río Cuarto hiciera reclamos y elevara a la Nación decenas de planteos que realizaron ciudadanos riocuartenses.

En el texto, Dirección remarca que se analizaron reclamos presentados por los clientes. “De la cantidad de reclamos recibidos puede inferirse en la conducta de la entidad bancaria una práctica sistemática, la cual sería objeto de reproche a la luz de las previsiones establecidas en la ley 24.240 (...) Es dable destacar que el servicio prestado por el banco cobra especial relevancia en el marco de la emergencia sanitaria y social dictada a raíz de la pandemia”, dice la resolución.

En ese marco, la entidad nacional hace hincapié que al no haber presencialidad, deben reforzarse los canales de comunicación de los bancos para darle respuestas a la gente, atender consultas, reclamos o quejas de los consumidores.

“Del universo de reclamos presentados por las y los consumidores, se advierte que muchos manifiestan tener voluntad para encontrar mecanismos para comunicarse con el Banco Supervielle a fin de canalizar sus consultas o reclamos respecto de los servicios o productos que tienen contratados. Alegan que no atienden los teléfonos, que envían mails y no reciben respuesta y tampoco pueden canalizarlos a través del sitio web. En consecuencia, corresponde imputar a Banco Supervielle la infracción al artículo 4 de la ley 24.240 ya que no habría suministrado información cierta, clara y detallada respecto de los canales de atención”, dice la resolución.

La segunda irregularidad ya contempla el hecho de que el banco estaría haciendo cobros indebidos, según Defensa del Consumidor. En este caso se reprocha que se debiten de las cuentas sueldo y de la seguridad social dinero en concepto de seguros y servicios de cobertura o de asistencia médica que nunca solicitaron los clientes. En la mayoría de los casos, aparecen “como supuestos proveedores” de los seguros las empresas Grouo Solution y grupo Apesa. “Los titulares de las cuentas refieren no haber solicitado dichos servicios, que al advertir esos débitos automáticos en sus cuentas solicitaron al banco la baja de los mismos y en la mayoría de los casos la baja no habría sido procesada. En virtud de ello impútase presunta infracción al artículo 35 de la ley 24.240 toda vez que habría debitado de las cuentas sueldos y de la seguridad social sumas de dinero en concepto de servicios y seguros no requeridos previamente”, se lee en la resolución.

Débitos

Un tercer motivo de sanción es que Supervielle les estaría cobrando a los titulares de las cuentas sueldo y de seguridad social sumas de dinero en concepto de “mantenimiento de cuenta”. En la comunicación A 6064 del Banco Central se expresa claramente que las entidades no podrán cobrar cargos ni comisiones por la apertura de las cuentas, por su mantenimiento, el movimiento de fondos o la consulta de saldos.

Defensa del Consumidor además remarca que cuando hay dudas en la aplicación de la normativa, siempre hay que aplicar la interpretación más favorable al consumidor. Por ese incumplimiento,la entidad nacional le agrega una imputación al Banco Supervielle.

Pero, además, entre los reclamos recibidos por los clientes también se menciona, en un alto número de casos, que la entidad emite tarjetas de crédito sin que sean solicitadas. “Alegan que nunca habrían recibido el plástico de la tarjeta ni suscripto contrato alguno, que se habrían enterado de su existencia al recibir un resumen de cuenta con el cargo de la renovación de la tarjeta”, puntualiza la resolución. Y además agrega que la ley de tarjetas de crédito establece que el contrato entre el emisor y el titular del plástico sólo es vigente cuando se firma ese vínculo y cuando se entregan copias al cliente.

“En virtud de ello impútase al Banco Supervielle presunta infracción al artículo 19 de la ley 24.240 por incumplimiento en la prestación del servicio bancario, toda vez que habría emitido tarjetas de crédito a sus clientes sin que estos suscribieran el contrato correspondiente ni recibieran los plásticos”, señala la imputación de Defensa del Consumidor de la Nación.

El defensor del Pueblo, Ismael Rins, viene haciendo denuncias públicas y reclamos por la mala atención del Supervielle de manera continua. Ahora, la Nación deja a la entidad a las puertas de una sanción económica por la serie de imputaciones que le realizó al analizar los planteos de los usuarios.

En Supervielle cobran sus haberes mensualmente jubilados y beneficiarios de la Seguridad Social, es decir, personas que, en su mayoría, son de alta vulnerabilidad.