Mario Rubén Castro (70), el vecino riocuartense que compró una vivienda en el macrocentro de la ciudad y lleva 12 años sin poder habitarla, se encadenó esta mañana en los Tribunales locales y asegura que mantendrá tal postura hasta encontrar una respuesta a su reclamo.
"Sé que Tribunales es una corporación y esto me juega en contra, pero de acá no me voy hasta que la jueza me entregue la casa que compré hace 12 años", le dijo Castro a Puntal.com.ar.
Previamente, el septuagenario expuso el largo peregrinaje judicial que viene haciendo desde 2008 para poder tomar posesión del inmueble.
El litigio se inició a los pocos días de cerrarse la operación, cuando Castro -quien actualmente vive en una casa que le presta su hermano- quiso ocupar la vivienda y se encontró con que la expareja del vendedor se resistía a abandonar el lugar.
La puja terminó en la Cámara de Apelaciones de Primera Nominación que, casi una década después, el 6 de marzo de 2017 le dio la razón a Castro y ordenó al Juzgado Civil y Comercial de Sexta Nominación, a cargo de la jueza Mariana Martínez, que en un plazo de diez días le entregara la propiedad.
Eso hasta la fecha no se cumplió: la vivienda en cuestión -ubicada en calle Baigorria 956- sigue siendo ocupada por la expareja del vendedor y, de acuerdo a la explicación que dio el juzgado a cargo de Martínez, no se avizora una definición en el corto plazo.
La fundamentación
“Cuando Mario Rubén Castro inició la ejecución de la sentencia de la Cámara de Apelación para que le restituyan el inmueble, la demandada, Rosa Arginia González, se opuso a esa ejecución y ejerció el derecho a retener el inmueble hasta que Castro le abone las mejoras realizadas”, señalaron en el juzgado y agregaron que los artículos 1938, 1962 y 2587 del Código Civil y Comercial de la Nación habilitan a la mujer a reclamar el pago de esas mejoras.
Por su parte, el abogado de Castro, López de Alda, consideró que la ley no autoriza a pedir ese resarcimiento. Sostuvo que es extemporánea e improcedente, por lo tanto la jueza debió rechazarlo “in limine” y entregar la propiedad a su legítimo dueño.
Pero no fue eso lo que sucedió.
Desde el juzgado se le dio curso al pedido de González e informaron que están ocupándose de determinar la antigüedad y el valor de las mejoras. Para eso designaron a un perito tasador.
Señalaron que durante la ejecución, Castro solicitó que se reemplazara la retención de la casa por un embargo sobre el mismo inmueble a fin de garantizar el monto pretendido por la demandada, cuando se opuso a la ejecución.
Entonces, la jueza Mariana Martínez invitó a las partes a una audiencia para que se pusieran de acuerdo sobre ese punto, pero no se logró ningún arreglo.
“En la audiencia del año pasado nuestro abogado le ofreció a la jueza que embargara la propiedad como garantía en caso de que efectivamente correspondiera pagar las mejoras, algo que nosotros consideramos que no es así”, comentó Guillermo Castro, hijo del comprador.
Explicó que las mejoras en la vivienda habían sido hechas antes de que ellos la compraran y que todo se trata de una maniobra dilatoria.
Previamente, el septuagenario expuso el largo peregrinaje judicial que viene haciendo desde 2008 para poder tomar posesión del inmueble.
El litigio se inició a los pocos días de cerrarse la operación, cuando Castro -quien actualmente vive en una casa que le presta su hermano- quiso ocupar la vivienda y se encontró con que la expareja del vendedor se resistía a abandonar el lugar.
La puja terminó en la Cámara de Apelaciones de Primera Nominación que, casi una década después, el 6 de marzo de 2017 le dio la razón a Castro y ordenó al Juzgado Civil y Comercial de Sexta Nominación, a cargo de la jueza Mariana Martínez, que en un plazo de diez días le entregara la propiedad.
Eso hasta la fecha no se cumplió: la vivienda en cuestión -ubicada en calle Baigorria 956- sigue siendo ocupada por la expareja del vendedor y, de acuerdo a la explicación que dio el juzgado a cargo de Martínez, no se avizora una definición en el corto plazo.
La fundamentación
“Cuando Mario Rubén Castro inició la ejecución de la sentencia de la Cámara de Apelación para que le restituyan el inmueble, la demandada, Rosa Arginia González, se opuso a esa ejecución y ejerció el derecho a retener el inmueble hasta que Castro le abone las mejoras realizadas”, señalaron en el juzgado y agregaron que los artículos 1938, 1962 y 2587 del Código Civil y Comercial de la Nación habilitan a la mujer a reclamar el pago de esas mejoras.
Por su parte, el abogado de Castro, López de Alda, consideró que la ley no autoriza a pedir ese resarcimiento. Sostuvo que es extemporánea e improcedente, por lo tanto la jueza debió rechazarlo “in limine” y entregar la propiedad a su legítimo dueño.
Pero no fue eso lo que sucedió.
Desde el juzgado se le dio curso al pedido de González e informaron que están ocupándose de determinar la antigüedad y el valor de las mejoras. Para eso designaron a un perito tasador.
Señalaron que durante la ejecución, Castro solicitó que se reemplazara la retención de la casa por un embargo sobre el mismo inmueble a fin de garantizar el monto pretendido por la demandada, cuando se opuso a la ejecución.
Entonces, la jueza Mariana Martínez invitó a las partes a una audiencia para que se pusieran de acuerdo sobre ese punto, pero no se logró ningún arreglo.
“En la audiencia del año pasado nuestro abogado le ofreció a la jueza que embargara la propiedad como garantía en caso de que efectivamente correspondiera pagar las mejoras, algo que nosotros consideramos que no es así”, comentó Guillermo Castro, hijo del comprador.
Explicó que las mejoras en la vivienda habían sido hechas antes de que ellos la compraran y que todo se trata de una maniobra dilatoria.

