Saillén, Catrambone y otros 17 acusados, más cerca del juicio oral
La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba dispuso los procesamientos de Julio Mauricio Saillén y Pascual Vicente Catrambone, como así también de otros familiares y representantes de Surrbac por los delitos de asociación ilícita, administración fraudulenta, usura agravada y lavado de activos agravado por la habitualidad y por la utilización de una persona de existencia ideal.
La resolución contó con el voto del doctor Abel G. Sánchez Torres y la adhesión al voto del nombrado de los doctores Luis R. Rueda y Eduardo Avalos, que confirmó la decisión de la primera instancia.
Además de Saillén y Catrambone, se dispuso el procesamiento por los mismos delitos de Osvaldo César Medina, Juan Manuel Riba, Juan Carlos Delgado, Héctor Gabriel Blanes, Jorge Vicente Blanes, José Luis Yacanto, Yamila Gisel Monjes, Juan Manuel Krainbuhl, Franco Gabriel Saillén, Agustín Mauricio Catrambone, Salome Alfazak, Miguel Ángel Catrambone, Juan Carlos Saillén, Micaela Del Valle Saillén, Verónica Anabel Quevedo, Adriana Cecilia Oviedo y Darío Mauricio Saillén.
“Sobre el delito de asociación ilícita, la resolución confirmó la imputación consistente en asociarse para cometer diversos delitos de tinte económico-financiero en perjuicio tanto de los afiliados como del propio Sindicato Único de Recolectores de Residuos y Barrido de Córdoba (S.U.R.R.Ba.C.), de la Asociación Mutual del S.U.R.R.Ba.C. y de la Obra Social del S.U.R.R.Ba.C., siempre con el objetivo último de beneficiarse ellos y sus familiares y/o allegados directos, asociación que habría tenido lugar aproximadamente entre los años 2009 y 2018”, precisaron desde la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.
Y agregan: “En lo que respecta al delito de administración fraudulenta, los nombrados se encuentran imputados por tres hechos cometidos en perjuicio del gremio (SURRBAC), de la mutual (AMSURRBAC) y de la obra social del mencionado gremio”.
Más adelante, señalan que también se confirmó la decisión de procesar a los nombrados por el delito de usura agravada por la habitualidad, consistente en haberse aprovechado de forma habitual de la ligereza, necesidad y/o inexperiencia de los afiliados de la A.M.S.U.R.R.Ba.C., en el marco del otorgamiento de préstamos o comúnmente denominados “ayudas económicas” facilitadas a través del cumplimiento de mínimos requisitos y provisión casi inmediata de fondos otorgando los mismos con costos pecuniarios evidentemente desproporcionadas con la prestación brindada a los solicitantes.
Finalmente, se los procesó a los nombrados imputados por la comisión de los delitos de lavado de activos agravado por la habitualidad y por la existencia de una persona ideal, por la cual habrían diseñado una compleja ingeniería financiera destinada a poner en circulación, de forma habitual y continuada con el objetivo de darles apariencia lícita, parte del dinero obtenido ilegalmente por medio de los préstamos otorgados de forma no autorizada y a tasa usuraria a los miembros de la Asociación Mutual del Sindicato Único de Recolectores de Residuo y Barrido de Córdoba y que fueron detallados en el hecho calificado como usura.
Asimismo, habrían introducido al circuito económico legal, de forma habitual y continuada, parte de los activos provenientes de las maniobras delictivas mencionadas supra y siempre con la finalidad de darles la apariencia de un origen lícito a un monto de dinero aún no determinado con exactitud, pero que como mínimo, supera la suma de 25.205.940 de pesos.
Por último, aclaran que “el Dr. Sánchez Torres, con la adhesión de los restantes vocales, no compartió el monto de los embargos dispuestos por el juzgado de primera instancia a los fines de garantizar las costas del juicio y la multa que pudiere imponerse en caso de ser condenados por considerarlos exiguos, aunque debió ser confirmado ya que los mismos no podían ser modificados por no haber sido cuestionados por el fiscal mediante el correspondiente recurso de apelación”.