Opinión | Editorial |

De la idolatría a un músico a la corrupción de menores

Aun cuando la sentencia ofrece algunos aspectos objetables, motivo de disidencias parciales que llevaron a que la pena impuesta no fuera resuelta por unanimidad, con la condena a Christian Aldana quedó ratificada la condición de su caso como emblemático, por el ámbito en que se desarrolló, sospechado en principio de ser pródigo en abusos como los ventilados, en el marco de una “leyenda negra” que no parece haberse desarrollado a partir de la nada.

Tal como se preveía a partir de la contundencia de los testimonios recogidos durante las audiencias, el juicio contra el músico Christian Aldana concluyó con una dura condena al acusado y la reivindicación de sus víctimas, que lo fueron también del maltrato que suelen sufrir quienes se atreven a realizar este tipo de denuncias. Aun cuando la sentencia ofrece algunos aspectos objetables, motivo de disidencias parciales que llevaron a que la pena impuesta no fuera resuelta por unanimidad, quedó ratificada la condición de caso emblemático por el ámbito en que se desarrolló, sospechado en principio de ser pródigo en abusos como los ventilados, en el marco de una “leyenda negra” que no parece haberse desarrollado a partir de la nada.



Aldana fue condenado a 22 años de prisión por corrupción de menores, a partir de la comprobación de que había sometido a varias seguidoras de la banda que lideraba a situaciones de sometimiento y violencia sexual, de manera sistemática entre 1999 y 2010. Eran adolescentes de entre 13 y 18 años de edad, con relaciones familiares complicadas que acentuaban una debilidad psicológica que el abusador supo aprovechar, aunque una vez que una de sus víctimas lo denunció públicamente otras la siguieron y terminó respondiendo en el juicio, al que llegó detenido, por siete acusaciones.



Aunque una de ellas no llegó a  su criterio a probarse, el fiscal pidió 35 años de prisión, un criterio compartido por una de las integrantes del tribunal, pero los otros dos se inclinaron por una pena menor que, además, se restringe a uno de los cargos, la corrupción de menores, pero sin incluir el de abuso sexual. Se trata de una decisión controvertida en su evaluación del tipo de consentimiento prestado por las víctimas, cuya dificultad técnica queda expresada en el fallo dividido. Igualmente cuestionable es el hecho de que la condena se haya realizado por sólo cuatro casos, por considerarse los demás prescriptos, aparentemente porque la reforma legal que extendió los plazos en esta materia fue posterior a la ocurrencia de los crímenes juzgados.



En cualquier caso, y si bien sería excesivo demonizar al rock, o a cualquier tipo de subcultura basada en la música, a partir del comportamiento perverso de un miembro de la “tribu” -o un puñado de ellos-, los indicios de que no se está exactamente ante un caso aislado no se basan solamente en los rumores. Basta recordar que el memorable desborde verbal de otro músico, Gustavo Cordera, ante un grupo de estudiantes de periodismo, durante el cual además de reivindicar la violación consideró “aberrante” que se le pretendiera impedir a un músico que tuviera sexo con una menor, fue formulado precisamente en defensa de Aldana, pero también de un modo de actuar que no le atribuía únicamente al recién condenado.



El espíritu transgresor que en mayor o menor medida ha acompañado al rock a lo largo de su historia, y que en ocasiones ha servido para canalizar valorables cambios socioculturales que terminaron por ser adoptados por el conjunto, no puede servir de excusa para garantizar la impunidad de sus estrellas, aun cuando a nivel mundial aparezcan algunos penosos ejemplos de lo contrario. Todos deberían tener en claro que el carisma y el talento artístico no son pasaportes para el aprovechamiento inescrupuloso de la admiración que despiertan en personas vulnerables, que en algunos casos ni siquiera han abandonado la infancia.