En el marco de la acumulación interminable de causas contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner que se registra en los últimos tiempos, sobre todo -aunque no exclusivamente- a partir de las revelaciones de “arrepentidos” de círculos cercanos, la posibilidad de que se reabra una investigación por enriquecimiento ilícito cerrada hace más de una década tiene una significación especial. Más allá de sus eventuales efectos sobre una situación judicial que ya está suficientemente comprometida por las pruebas acumuladas en una docena de expedientes, el hecho de que se ponga en entredicho la validez de un principio jurídico básico vuelve el resultado potencialmente capaz de trascender el caso específico y dejar un legado con luces y sombras.
El principio en cuestión, el de “cosa juzgada”, es mucho más viejo que la corrupción kirchnerista y la manipulación de la Justicia que se intentaba para dejarla impune. Su formulación más conocida es que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, pero su traducción aquí es que, como la investigación sobre el enorme incremento del patrimonio de Néstor y Cristina Kirchner que llevó adelante el juez Norberto Oyarbide concluyó en el sobreseimiento del matrimonio, y esa resolución quedó firme al no ser apelada por el fiscal, ya no es posible volver sobre una acusación que por ese motivo quedó definitivamente clausurada.
Desde luego, ese fallo se recuerda como uno de los más escandalosos dictados por un magistrado que deshonró su cargo de todas las maneras posibles. Y que resultó excesivo aun tomando en cuenta la histórica renuencia de la Justicia a avanzar en causas que involucran al poder político de turno, porque mientras la mayoría de las denuncias de corrupción eran cajoneadas o demoradas, lo que dejaba abierta la chance de investigarlas en tiempos más propicios, en este caso se trató de garantizar la impunidad hacia el futuro.
Sin embargo, la declaración del contador de los Kirchner, Víctor Manzanares, que confirmó la connivencia entre el juez y los imputados para llegar al resultado absolutorio, impulsó el pedido de la Oficina Anticorrupción de anular el sobreseimiento dictado en condiciones tan anormales. Argumenta que “se han incorporado elementos muy serios y contundentes que ponen en evidencia que tanto la resolución que benefició a los imputados en 2009 como la pericia contable en que se apoyó” fueron el resultado de “una coordinada maniobra delictiva” encabezada por “quienes detentaron la máxima investidura del Poder Ejecutivo Nacional".
Las reuniones secretas entre Manzanares y Oyarbide, el ocultamiento de un informe técnico de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas desfavorable para los imputados, la propia declaración del juez de que le “apretaron el cogote” para que dictara los sobreseimientos, se han sumado a lo obvio, conocido desde el primer día: el patrimonio de las familia Kirchner simplemente había crecido de manera imposible de justificar, y no parecía hacer falta una investigación demasiado exhaustiva para probar algo que en rigor quedaba admitido en sus propias declaraciones juradas.
La pregunta es si esto es suficiente para pasar por alto el principio de “cosa juzgada”, fundado en que mantener a un ciudadano eternamente inmerso en la incertidumbre, ante la posibilidad de volver a ser sometido a un proceso penal aun después de haber sido declarado inocente, constituye una violación de sus derechos.
Desde luego, ese fallo se recuerda como uno de los más escandalosos dictados por un magistrado que deshonró su cargo de todas las maneras posibles. Y que resultó excesivo aun tomando en cuenta la histórica renuencia de la Justicia a avanzar en causas que involucran al poder político de turno, porque mientras la mayoría de las denuncias de corrupción eran cajoneadas o demoradas, lo que dejaba abierta la chance de investigarlas en tiempos más propicios, en este caso se trató de garantizar la impunidad hacia el futuro.
Sin embargo, la declaración del contador de los Kirchner, Víctor Manzanares, que confirmó la connivencia entre el juez y los imputados para llegar al resultado absolutorio, impulsó el pedido de la Oficina Anticorrupción de anular el sobreseimiento dictado en condiciones tan anormales. Argumenta que “se han incorporado elementos muy serios y contundentes que ponen en evidencia que tanto la resolución que benefició a los imputados en 2009 como la pericia contable en que se apoyó” fueron el resultado de “una coordinada maniobra delictiva” encabezada por “quienes detentaron la máxima investidura del Poder Ejecutivo Nacional".
Las reuniones secretas entre Manzanares y Oyarbide, el ocultamiento de un informe técnico de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas desfavorable para los imputados, la propia declaración del juez de que le “apretaron el cogote” para que dictara los sobreseimientos, se han sumado a lo obvio, conocido desde el primer día: el patrimonio de las familia Kirchner simplemente había crecido de manera imposible de justificar, y no parecía hacer falta una investigación demasiado exhaustiva para probar algo que en rigor quedaba admitido en sus propias declaraciones juradas.
La pregunta es si esto es suficiente para pasar por alto el principio de “cosa juzgada”, fundado en que mantener a un ciudadano eternamente inmerso en la incertidumbre, ante la posibilidad de volver a ser sometido a un proceso penal aun después de haber sido declarado inocente, constituye una violación de sus derechos.

