Río Cuarto | electoral | Concejo | Tullio

Tullio: "La prórroga de mandatos no genera un daño real; es sólo teórico"

Fue durante 14 años titular de la Dirección Nacional Electoral. Es considerado uno de los mayores especialistas en elecciones en América Latina. Fue consultado por la situación riocuartense y dio su aval a lo que se resolvió.

Alejandro Tullio fue durante 14 años titular de la Dirección Nacional Electoral y es considerado uno de los mayores expertos en elecciones del país y el continente. El actual director del Instituto de Ciencias Jurídicas de la Universidad Nacional de San Martín fue consultado por la Junta Electoral sobre cómo debería ser la mecánica de los comicios riocuartenses en medio de la pandemia.

Ahora, con la prórroga de los mandatos ya decidida, Tullio sostiene que es una solución creativa y lo suficientemente fundamentada para darle una salida institucional a una crisis sanitaria.

El especialista habló con el programa Entre Líneas, que se emite por Cablevisión y Quatro TV.

- ¿Cómo analiza la prórroga de mandatos, que no está prevista en la Carta Orgánica?

- La Carta Orgánica y la ley orgánica de municipalidades tienen una cláusula que podría invocarse, pero creo que no se ajusta exactamente a lo que en este momento está atravesando Río Cuarto. La característica más importante es que las cuestiones de hecho que dan motivo a la postergación de las elecciones, y consecuentemente a la postergación de la asunción de las nuevas autoridades, no están en discusión. No son elegibles, no son fruto de una decisión local, son fruto de la aplicación de un decreto de necesidad y urgencia que establece determinadas medidas que impiden la realización de elecciones. Debería haber habido una norma habilitante especial que no estaba en condiciones de darse con los tiempos necesarios para organizar una elección. No solamente para llevar adelante una elección, sino para organizar una campaña electoral y todos los actos preparatorios. Dicho esto y siendo indiscutible la cuestión de hecho que da lugar a esta situación, la solución tiene que ser tan innovadora o tan novedosa como el hecho que la motiva y, en ese sentido, el acuerdo político alcanzado, refrendado por el Concejo Deliberante, es la más imaginativa de las soluciones. He escuchado con atención a algunos colegas, en una comunicación que tuvimos en la Universidad de Río Cuarto, que tenían algunos planteos jurídicos vinculados a que podría haberse tomado otro camino. Creo que las normas están para resolver problemas. Para manejar situaciones habituales o para resolver problemas. Pero, cuando las normas no están preparadas para resolver problemas de la vida real, hay que ser creativos y apostar por quienes son los depositarios de la soberanía popular, que en este caso es el Concejo Deliberante. Me parece entonces que con el tiempo que ahora tienen por las prórrogas decididas por el Concejo, con la actitud que ha tomado la Junta Electoral Municipal de convocar a expertos del COE, al consultar a expertos para minimizar los riesgos de una elección, y con la decisión de que la planificación que se adopte se enviará al COE para que indique su pertinencia, me parece que es una solución responsable que tiene suficiente fundamento para decir que no estamos ante una crisis institucional, sino que estamos ante una crisis sanitaria y lo que se ha dado es una salida institucional.

- Sigue estando el temor a que el día de mañana alguien pueda cuestionar esto judicialmente y que algún acto de gobierno durante el período de extensión de mandato no sea válido.

- No cualquier situación es judicialmente revisable. Pera ser revisable tiene que haber una antijuridicidad y, en este caso, habría una ajuridicidad, habría una norma creada pero no necesariamente es antijurídica esta situación. Entonces tiene que haber primero una antijuridicidad, en segundo lugar tiene que haber una persona con legítimo interés para hacer un planteo y, en tercer lugar, tiene que haber un daño, un agravio, un daño concreto, no un daño potencial. La innovación legal, la creatividad jurídica que se ha puesto en marcha no alcanza por sí sola para excitar la acción de la Justicia. Tendría que haber un caso, causa o controversia donde un daño derive directamente de la decisión tomada por el Concejo Deliberante de prorrogar el mandato. No se puede atacar la prórroga de mandato por algo que haya ocurrido durante esa prórroga; en todo caso debería haber un daño creado exclusiva y excluyentemente por la prórroga del mandato. Por lo menos, esa es la doctrina que ha ratificado hace pocos días la Corte Suprema de Justicia al decir que no es un órgano consultivo, solamente puede actuar ante un caso que cumpla con los requisitos: el agravio concreto, directamente vinculado a la decisión, debería probarse para habilitar así la vía judicial.

- Hay quienes cuestionan que sea el propio Concejo Deliberante el que tome una decisión sobre sus propios mandatos y defina prorrogarlos.

- Tengo 57 años. Si en cualquier otro momento de la vida, si hasta mis 56 años y 11 meses me hubieran preguntado por la prórroga de mandatos, hubiera sido muy negativa mi postura en general y hubiera exigido una serie de estándares que, en este caso, no estoy exigiendo. Porque nunca había ocurrido una circunstancia como la que estamos viviendo. Entonces, en circunstancias extraordinarias se justifican soluciones extraordinarias. Realmente, es una circunstancia excepcional y excepcionalmente debe juzgarse. No se pueden aplicar los principios generales que se aplican en cualquier otra circunstancia para juzgar este hecho. Otra cosa hubiese sido si el impedimento derivase de una acción que hubiera decidido el propio Concejo, que hubiera creado la circunstancia que luego lo obliga a motivar la prórroga. Eso sí hubiera sido absolutamente objetable, pero acá hay un hecho de la naturaleza, un hecho de fuerza. Por supuesto que alguien puede decir: “Bueno, entonces que otro decida sobre la cuestión”. Está bien, pero iría en contra del principio general de la autonomía. La Constitución de Córdoba, pero fundamentalmente Córdoba, que no es sólo su Constitución, ha apostado por la autonomía de sus grandes ciudades. Entonces, me parece que pudiendo haber un remedio que no ocasiona daño real, porque se habla de daños teóricos, es pertinente aplicarlo. Ante una circunstancia hay que dar una solución. Cuando la norma no da una solución, no sirve la norma. Entonces, creo sinceramente que ante estas circunstancias el único órgano elegido por la voluntad de los riocuartenses son el intendente y los concejales y es la representación de los riocuartenses la que tiene que dar la solución.

- ¿Hay que proyectar un proceso electoral novedoso o será similar a otro de rutina?

- En septiembre va a ser similar pero con muchas medidas de higiene reforzadas. He sugerido que redefinan los establecimientos de votación, que se dispongan más escuelas o más clubes, que se instalen las mesas en lugares amplios o ventilados. Hay que evitar la aglomeración. Que haya menos mesas en más escuelas, con más distancia.