Río Cuarto |

“Es un error valorar como positiva la Ley de Riesgos del Trabajo por el hecho de que haya bajado la litigiosidad”

Lo aseguró el abogado Matías Molinaro, quien próximamente disertará en la ciudad. Capacitará sobre comisiones médicas

Ante el crecimiento de las consultas de los letrados, el Foro de Derecho del Trabajo de Río Cuarto desarrollará el próximo miércoles 3 de julio un taller de orientación práctica profesional a cargo del abogado Matías Molinaro, quien hace unos meses publicó su libro “Procedimiento ante las comisiones médicas (teoría, práctica y crítica)”, donde aborda todo lo relacionado a los pasos que los profesionales deben seguir para evitar confusiones y desconciertos en la instancia administrativa previa y obligatoria que rige para los casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. 

En diálogo con Puntal, Molinaro recordó que desde febrero de 2017 está vigente la nueva Ley de Riesgos del Trabajo (27.348), por la que menos casos llegan a juicio. 

“Vamos a estar hablando de esta etapa previa en la que no aparece la figura de un juez. Se trata de una instancia administrativa que proporciona el Estado para que se pueda solucionar el conflicto. Una vez cumplimentada esa etapa, si no se llegó a un acuerdo entre el trabajador y la ART (Aseguradora de Riesgos de Trabajo), el damnificado puede recurrir a la Justicia. La disertación constará de varias etapas, pero se va a basar en ese ámbito previo y en las circunstancias y baluartes críticos que requieren alguna explicación, ya que a los abogados nos generan la imposibilidad de entender cómo se va avanzando en cada uno de los pasos”, explicó Molinaro.



Fallas



“La nueva ley trajo muchas falencias a un sistema que ya tenía problemas y circunstancias que fueron declaradas inconstitucionales. No tiene nada de positivo. El único justificativo de que exista el sistema actual está dado por la posibilidad de mantener activa la economía de las aseguradoras de riesgo de trabajo. La propia Superintendencia de Riesgos del Trabajo habla de un crecimiento de las economías de la ART. Sostienen que hay menos litigios y que, a raíz de eso, el trabajador accede más rápido a una indemnización. El problema es que esa indemnización que cobra el trabajador, por lo general, es 5 o 6 veces menor a la que podría llegar a cobrar por vía judicial”, agregó el especialista.  

-¿El hecho de que haya bajado la litigiosidad no implica necesariamente que haya menos casos de accidentes y enfermedades laborales?

-La litigiosidad bajó porque se abrió una instancia que es obligatoria. El trabajador debe pasar sí o sí por esta instancia previa, no puede ir directamente a la vía judicial. Es evidente que si tenés una instancia previa y un impedimento al acceso a la Justicia, cosa que es inconstitucional, va a haber un menor índice de reclamo. En esta etapa previa, el sistema permite llegar a un acuerdo entre la ART y el trabajador. La ART reconoce la incapacidad del trabajador y le ofrece un dinero a cambio. De esta manera, si el trabajador acepta, se da por cerrado el caso y el trabajador no puede acudir a la Justicia. Si bien siempre buscamos alternativas para poder acceder a la Justicia en caso de que la indemnización no cubra lo que realmente implica la discapacidad, hay una traba. Al mismo tiempo, la litigiosidad también bajó porque, ante la grave situación económica, el trabajador necesita más rápidamente el dinero de su indemnización y busca llegar a un acuerdo cuanto antes. Tenemos casos de trabajadores que recibieron $ 100 mil cuando les correspondían $ 800 mil. Es un error valorar la ley como positiva por el hecho de que se haya reducido la litigiosidad. La litigiosidad, es decir, el juicio, es la única herramienta que le permite al trabajador conocer con certeza cuál es su discapacidad real, porque en esa instancia se abre un amplio abanico probatorio, a diferencia de la etapa previa.

-La nueva ley generó fuertes discusiones. El propio Presidente (Mauricio Macri) habló sobre la necesidad de aprobarla para terminar con la industria del juicio…

-No podemos negar que hay ciertos estudios jurídicos que generan una mala fama. Hay estudios que tienen una estructura muy bien armada para hacer esto (industria del juicio). De todas maneras, el 98% de los abogados no tiene nada que ver con esto. Ojalá se reconocieran los derechos de los trabajadores sin tener que ir a juicio. A veces, no queda otra alternativa más que recurrir a la Justicia para acreditar una incapacidad o enfermedad producto del trabajo. Es lamentable que nos preocupemos por la industria del juicio y no nos preocupemos por la Ley 24.557, sancionada en 1995, que prevé la obligatoriedad de prevenir accidentes. Habría que actuar para reducir los índices de siniestralidad o incluir acciones preventivas. Si hay menos siniestros, también hay menos juicios. 

-¿Ha bajado el índice de siniestralidad?

-Desde el 2017 a la fecha, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo viene emitiendo distintos índices. En ese marco, anunció una reducción en el índice de siniestralidad. De todas maneras, la caída no tiene que ver con cuestiones preventivas sino con la reducción en la industria del trabajo que se ha venido dando en los últimos años. Es decir, hay menos personas trabajando. Además, el índice de siniestralidad toma únicamente a los trabajadores registrados, por lo que no se tiene en cuenta a los trabajadores que están en negro. 



Datos de la disertación 



La disertación del abogado Matías Molinaro será el miércoles 3 de julio a las 16 horas en General Paz 1070 (sede de Agec). Los cupos son limitados. 

Para inscribirse, los interesados deben llamar al (0358) 156 028 840 o bien comunicarse por medio del correo electrónico: [email protected].