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Condenan a un guardiacárcel por ingresar droga al penitenciario local

Walter Toledo fue sentenciado a 4 años y 8 meses de prisión, junto a los internos Alejandro Pavón y Roberto Torres, que recibieron 11 y 10 años, respectivamente. Fue en el marco de un juicio con trámite abreviado

La Cámara Segunda del Crimen condenó a cuatro años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo a un guardiacárcel que participó del ingreso de estupefacientes para la venta al establecimiento penitenciario de Río Cuarto. El funcionario habría recibido a cambio la suma de 35 mil pesos. La Justicia también sentenció a dos presos, declarados coautores del mismo delito, a 10 y 11 años de confinamiento, respectivamente, por la unificación de sus penas. El fallo, que data del martes último, salió por juicio abreviado por un acuerdo entre la fiscal de Cámara y la defensa. El juez Emilio Andruet, presidente del tribunal que llevó a cabo el juicio, destacó la importancia de la sentencia.

Según se acreditó, una persona aún no identificada llevó la droga al portón de la cárcel y el guardia Toledo se ocupó de ingresarla el 19 de marzo de 2021.

El guardiacárcel Walter Toledo aceptó su responsabilidad penal y fue declarado culpable del delito de "entrega de estupefacientes a título oneroso, agravado por el número de personas organizadas para cometerla, por la participación de funcionario público encargado de la guarda de presos y en perjuicio de éstos, y por el lugar de comisión -lugar de detención-".

Por su calidad de coautor del ilícito, el tribunal le impuso una pena de cuatro años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo, además del pago de una multa de 50 mil pesos.

También fueron condenados por el mismo hecho delictivo los internos Alejandro Pavón y Roberto Torres, que ya venían purgando penas en el establecimiento penitenciario por otras causas. El primero de los presos fue sentenciado a 11 años de prisión y su cómplice, a 10 años de cárcel, ambos por la unificación de sus respectivas condenas.

El hecho

Según consta en el acta resolutiva del juicio abreviado, los tres sujetos actuaron en forma organizada y con roles claramente diferenciados para alcanzar el objetivo de ingresar la droga a la cárcel, hasta llegar a manos del interno Pavón, uno de los partícipes del plan. El expediente judicial detalla la serie de acontecimientos que conformaron el delito.

“…En fecha que no se puede establecer con exactitud, probablemente con antelación al día diecinueve de marzo del año dos mil veintiuno, Walter Oscar Toledo, empleado del Servicio Penitenciario Provincial, los internos Roberto Carlos Torres y David Alejandro Pavón, junto a una persona aún no identificada por la instrucción, actuando de manera organizada, con ánimo de lucro y a sabiendas de su ilegalidad, se dispusieron a ingresar sustancias estupefacientes al interior del Establecimiento Penitenciario 6.

A cambio de dinero

Para llevar a cabo el plan delictivo, dividieron sus tareas para el éxito de la gestión. En esa distribución de acciones, el interno David Alejandro Pavón habría ofrecido pagar la suma de pesos treinta y cinco mil a Walter Oscar Toledo, empleado Penitenciario, jefe de Guardia externa, para que reciba las sustancias estupefacientes del exterior, y otra suma igual al interno Roberto Carlos Torres, fajinero de cantina, atento su posibilidad de movimiento dentro del penal, para que reciba las mismas de manos de Toledo y las traslade hasta su celda.

Así las cosas, el día diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, a las 14:54 horas en el portón externo ubicado sobre calle Juárez Celman, se hizo presente una persona aún no individualizada y entregó al empleado penitenciario Walter Oscar Toledo -quien en el momento se encontraba solo por el cambio de relevo y cumplía funciones en calidad de jefe de Guardia externa-, un paquete en cuyo interior se hallaban escondidas en diversos empaques sustancias estupefacientes.

El ingreso de la droga

Así, dentro de un paquete de yerba de 500 gramos, ocultaba un envoltorio de cinta de papel el cual contenía dos bolsas ziploc, una de ellas con ciento veintitrés (123) gramos de marihuana y la restante con ciento noventa y ocho coma cuatro (198,4) gramos de cocaína. Minutos más tarde, siendo las 15.17 horas aproximadamente, a través de la puerta uno (1), conforme un plan preacordado, el penitenciario Walter Oscar Toledo hizo entrega a su socio en la empresa delictiva, el interno Roberto Carlos Torres, fajinero de cantina, de los elementos en donde se ocultaban los efectos descriptos, consumándose de este modo el ingreso al interior del penal de las sustancias estupefacientes.

Una vez habidos los efectos por parte de Roberto Torres, cumpliendo este el rol de intermediario entre Toledo y Pavón, colocó el paquete dentro de una canasta junto a otros productos a fin de que pasen desapercibidos.

Seguidamente, se la entregó al interno Alejandro David Pavón y se dirigió por el pasillo central, circunstancias en que fue interceptado por el adjutor principal Matías Ezequiel Murúa, quien en una requisa de rutina advirtió las sustancias estupefacientes”.

El juez Andruet destacó la importancia del fallo

El juez Emilio Andruet, presidente del tribunal que realizó el juicio en el que condenaron al guardicárcel Toledo y a dos internos, destacó la importancia del fallo, sobre todo del funcionario público.

"Dentro del establecimiento penitenciario, es la primera causa que tratamos y en la cual se llega a juicio por el ingreso de droga que involucra a un guardiacárcel. Es un hecho importante porque se trata de un funcionario público que recibía las cosas de los internos", apuntó.

Y agregó: "Se aprovechaba de las facultades que le otorgaba su rol como guardicárcel para poder cometer el delito. Él recibió la mercadería que supuestamente le entregaron los familiares y debía controlarla, pero no lo hizo. Indudablemente, había connivencia y por eso no lo controló. Es una autoridad en la cual el Estado confía para que no ocurra el ingreso de esas cosas a la cárcel".

En la misma línea, sostuvo que se trata de un hecho grave, y de allí la importancia de que haya llegado a juicio, dado que "siempre se habla de la droga en la cárcel" pero no es frecuente encontrar condenas por delitos vinculados a esto.

Andruet explicó que el fallo "se dio por juicio abreviado a partir de un acuerdo entre la fiscalía y la defensa, y el Tribunal lo que puede hacer es el control de correspondencia de la calificación legal con el hecho, y que la pena no esté por debajo del mínimo previsto por ley".

Finalmente, aclaró que su intervención pasó por la ampliación de la pena para los internos, que ya tenían sentencias anteriores por otros delitos. "Con relación a unificación de las penas, sí tiene competencia el juez y mi criterio es de hacer una suma aritmética de ambas penas, en función también de la gravedad del delito", apuntó.