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Rechazan la reincorporación de excontratados a la Fábrica Militar

La Cámara Federal de Córdoba desestimó un amparo presentado por empleados contratados que fueron desafectados en diciembre de 2017.

La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, rechazó el recurso de amparo presentado en enero pasado por los trabajadores de la Fábrica Militar desafectados en diciembre de 2017.

El tribunal, integrado por los doctores Eduardo Ávalos, Ignacio Vélez Funes y la doctora Graciela Montesi, resolvió confirmar la sentencia dictada por el juez federal de Villa María en cuanto dispuso no hacer lugar a la acción de amparo interpuesta. 

El documento había sido presentado el 17 de enero de este año luego de conocerse los primeros despedidos de la Fábrica Militar local, en diciembre. El recurso de amparo tenía como objetivo que se declare la ilegitimidad de la modalidad de contratación utilizada por Fabricaciones Militares, "se disponga que sean considerados empleados públicos con con estabilidad absoluta y se reestablezca el derecho quebrantado, ordenando dejar sin efecto la extinción de la relación de empleo con la consecuente reincorporación a sus puestos de trabajo, más el pago de los salarios no abonados". 

En el fallo, la Justicia destacó que “los accionantes tenían la condición de empleados contratados de la Fábrica Militar de Villa María, y como tales, asumieron y aceptaron la condiciones de su contratación al haber suscripto y consentido las cláusulas previstas en el contrato”.

Por ello, rechazaron la medida cautelar peticionada, en tanto que consideraron que la causa debe continuar en manos de la Justicia Federal con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “interpretando que la Dirección de Fabricaciones Militares es un organismo autárquico que tiene su sede y domicilio en la Ciudad de Buenos Aires".