Río Cuarto | homicidio

Para el fiscal fue un accidente; para el juez, un crimen: 12 años de cárcel

Jorge Urbano (34) fue señalado como autor del disparo que el joven de 28 años recibió en el rostro el 20 de enero
 
Sólo quienes estuvieron esa madrugada en la vivienda de calle Tucumán 1127 saben qué fue exactamente lo que pasó la madrugada del 20 de enero de 2019.

Esa noche en el domicilio de barrio Alberdi hubo un encuentro de parejas de la que participaron Alexis González, de 28 años, y Jorge Urbano, de 34, con sus respectivas compañeras. Uno de ellos, el más joven resultó muerto por un disparo de arma de fuego en el rostro; el otro quedó acusado de homicidio.

A las pocas horas del hecho, Urbano ya había sido detenido por la Policía y lo condujeron con el rostro tapado hacia la alcaidía. 

Parecía que el hecho estaba esclarecido; sin embargo, algunas versiones dieron a entender que el deceso podría haberse producido por un hecho accidental, un juego o una maniobra no buscada que pudo haber provocado un disparo involuntario.

La duda se mantuvo incluso hasta estos días, pues la semana pasada se llevó a cabo el juicio oral y público en la Cámara Segunda del Crimen, de Río Cuarto, y volvieron a aflorar las dos versiones: la de la muerte accidental y la del crimen agravado por el uso de arma de fuego.

Tanto es así que una vez que desfilaron por los tribunales todos los testigos y las pruebas de las causas, el fiscal de Cámara, es decir, el encargado de sostener la acusación, concluyó en su alegato que la muerte de Alexis se produjo accidentalmente.

El pedido de Medina

Por ese motivo, Jorge Medina, en uno de sus últimos alegatos antes de jubilarse de la Justicia, pidió una pena baja, sólo tres años de prisión por homicidio culposo.

Parecía la antesala de una inminente liberación para Urbano, o al menos de una pena que le permitiría en un corto plazo recuperar la libertad.

Pero no sucedió así. El juez Emilio Andruet no compartió la interpretación que hizo el fiscal y entendió que había elementos de pruebas suficientes para condenar a Urbano, alias “El Chino”, por el delito de homicidio calificado por el uso de arma de fuego.

Así, en el veredicto que dio el viernes último, Andruet le fijó a Urbano una pena de 12 años de prisión. 

A las 3.30 de la madrugada del 20 de enero, algunas parejas se dieron cita en el domicilio que la víctima compartía con su pareja, una mujer de 40 años. 

El testimonio de esa persona, a la sazón, pudo haber inclinado la balanza hacia el homicidio intencional, pues fue una de las primeras en atestiguar lo que había pasado en su casa.

La mujer, que, según manifestó, mantenía una relación sentimental con González, había recibido a su hija y al yerno. 

En circunstancias que no quedaron del todo claras, Urbano habría extraído un arma de fuego y le disparó a González, que murió en el acto.

La víctima recibió un balazo en el rostro, muy cerca de la boca, explicaron los investigadores en aquella oportunidad.

Testigos que se contradicen

¿Qué fue lo que sucedió esa madruga de domingo? Las versiones fueron encontradas. Hubo testigos que declararon en un sentido cuando les tomaron testimonio a las pocas horas del hecho y que, meses después, cuando enfrentaron a un tribunal dijeron cosas totalmente diferentes.

Los que en su momento habían dado pistas de que Urbano había asesinado a González, frente al juez Andruet intentaron hacer pasar el episodio como un lamentable accidente.

La pareja de González no pudo ser ubicada por las autoridades para que declarara en el juicio, por eso se tomó como válida la declaración que consta en el expediente.

Aquellos testigos que mostraron contradicciones en las sucesivas declaraciones que les tomaron, ahora serán investigados por la fiscalía de turno. Así lo pidió Andruet en su fallo, para que se determine si incurrieron en el delito de falso testimonio, con el fin de beneficiar la situación procesal del acusado.