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Falso médico: podría corresponderle una pena de prisión de entre 8 y 25 años

Esa es la sanción que el Código Penal fija para una persona imputada con homicidio simple por dolo eventual. De todas formas, el fiscal Jávega aclaró que todavía se está en una instancia de sospecha y no condenatoria

El fiscal Pablo Jávega, a cargo de la investigación del presunto falso médico Ignacio Martín, dijo ayer a Puntal AM! que el homicidio simple por dolo eventual implica una pena de prisión que oscila de 8 a 25 años.

-Usted amplió la imputación de Martín a homicidio simple por dolo eventual más lesiones graves. ¿En qué se basó para definir esto?

-Sí, la ampliación de la imputación es esa. Subsisten las informadas a la sociedad como el ejercicio ilegal de la medicina y la usurpación de título. No puedo detallar los elementos probatorios. Dichas investigaciones tienen génesis desde febrero, a los fines de incorporar elementos testimoniales, documentales y periciales. Es una valoración conjunta de todo el cuadro probatorio. Se han alcanzado motivos para sospechar. Que lo de los denunciantes configura un hecho ilícito y que podría haber participado Ignacio Martín. Por eso se dispone la ampliación de la imputación.

Marcelo Irastorza con Fiscal Pablo Jávega

-¿La imputación de homicidio está basada en la muerte de un joven de 29 años que habría sido atendido por Martín?

-Lo que es correcto es que tomó estado público que se receptaron las denuncias. En el ámbito del Ministerio Público no se han dado detalles. Porque eso primero tiene que comunicarse al imputado y a su defensa. La imputación amerita convocar al imputado para que pueda efectuar su descargo con conocimiento de la prueba existente.

-¿Esto agrava la situación judicial del imputado?

-En general, la ampliación de una imputación existente tiene un impacto sobre la situación procesal del imputado. La magnitud de ello está asociada al resultado de dichas imputaciones. Cuando uno imputa tiene un determinado nivel de convicción que no es un estado de certeza sino de sospecha. De acuerdo a cómo evolucione la investigación se puede ponderar más precisamente qué tanto impacto tiene.

-¿Qué pena le correspondería a una persona con tal imputación?

-El artículo 79 del Código Penal dice que se reprime con pena de prisión que oscila de 8 a 25 años.

-¿Cuándo se tomará declaración indagatoria?

-Aún no se tiene pautada la fecha en virtud de que han sido requeridas las actuaciones por parte del Juzgado de Control a los fines de evacuar una petición defensiva de control jurisdiccional.

-¿Podría ser la semana próxima?

-Sería aventurado anticipar la fecha porque depende de que el tribunal de garantías finalice el estudio de las actuaciones y me las retome.

-¿La declaración va a ser virtual o presencial?

-No se objetivan cuestiones que permitan variar el escenario. Siguen vigentes los protocolos para que se trabaje con modalidad a distancia.

-¿Sigue preso el imputado en la cárcel de Río Cuarto?

-En cuanto es de conocimiento de esta fiscalía, está en el Establecimiento Penitenciario 6 de la ciudad, sin perjuicio de que esta situación varíe.

Marcelo Irastorza. Redacción Puntal