Aseguran que deben sobreseer a las mujeres imputadas por aborto
La entrada en vigencia de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) marcará un hito no sólo hacia el futuro, sino que también hay fuertes expectativas de que cambie la situación legal de las mujeres que ya están imputadas por haberse practicado abortos cuando todavía estaba prohibido. En línea con lo que plantearon voceras del Ministerio de la Mujer, Género y Diversidades, la abogada del foro local Lucía De Carlos sostuvo que, una vez que se reglamente la normativa, deberían ser desincriminadas por los jueces. En Río Cuarto, el caso más reciente es el de una joven de 21 años, imputada en agosto de 2018, que espera una resolución.
De Carlos sostiene que, a diferencia de otros supuestos, la IVE deberá aplicarse para las causas que tengan a mujeres imputadas por haberse realizado abortos, antes de la sanción de la flamante ley.
La ley más benigna
“La ley puede ser aplicada retroactivamente cuando se desgrava una conducta, porque implica un cambio social. Al no tener el mismo estatus, ya no es más delito abortar. De hecho, pasa a ser una práctica que se debe realizar gratuitamente en hospital o en la clínica”, apuntó.
Según la normativa aprobada por el Senado el pasado miércoles 30 de diciembre de 2020, la interrupción voluntaria del embarazo no está penalizada hasta la semana 14 de gestación.
Esto implicará que el mismo criterio se tendría que aplicar hacia atrás, a las causas en las que están procesadas las mujeres que abortaron hasta esa instancia del proceso gestacional. Esto, en virtud de la aplicación de la “ley más benigna”.
Voceras del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad (MGyD) aclararon que "siempre que los abortos sean compatibles con lo que se estipula ahora -hasta la semana 14 inclusive-, juezas y jueces que intervienen en esas causas tienen que actuar de oficio y deben aplicar la ley penal más benigna, que es la nueva", detallaron.
Expectativas
“Entiendo que debieran sobreseer a las imputadas o archivar estas causas”, reafirmó Lucía De Carlos, abogada y militante feminista.
En cuanto a los detalles técnicos, explicó que se invoca el principio de ultractividad de la ley penal, porque se aplicaría fuera del tiempo de referencia establecido, para ajustarse a la normativa más benigna para quien esté imputado.
Consultada sobre cuál será el comportamiento que adoptarán os jueces, la profesional se mostró confiada en que primarán estos parámetros.
“Los jueces van a tener que aplicar estos criterios, porque interpretan pero no hacen las leyes. No legislan”, aseguró la abogada.
En el mismo sentido, sostuvo que, a lo sumo, lo que puede pasar es que cada abogado tenga que pedir el sobreseimiento en virtud de esta nueva ley, porque hasta la semana 14 el aborto ya no es delito”.
En el mismo sentido, apuntó que puede haber jueces que apliquen criterios diferentes e indicó que esas divergencias seguramente terminarán siendo materia de discusión en la Justicia.
“Esto será hasta que alguno de los casos llegue a la Corte, y allí surja la jurisprudencia para todos los tribunales del país. Lo mismo vale para todos los juzgados de la provincia de Córdoba si lo hace el Tribunal Superior de Justicia”, expresó la abogada.
En otro orden de cosas, De Carlos consideró que los planteos de inconstitucionalidad que se espera ocurran en el corto plazo “no tienen posibilidades de prosperar, porque los jueces querrán resolver rápidamente, y en segundo término, porque hay una ley que los respalda. Habrá que ver qué decide la Corte Suprema”.