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Con fuertes medidas sanitarias, arrancaron la obra privada y las profesiones liberales

Se deberá garantizar la alternancia de los distintos rubros de la construcción y la cantidad máxima de personal no será mayor a 5. Abogados y contadores trabajarán de lunes a viernes, de 8 a 16, con empleados home office

Con rigurosas medidas sanitarias, arrancaron en la ciudad la obra privada y las profesiones liberales, recientemente flexibilizadas por el Centro de Operaciones de Emergencias (COE) Central.

Ayer hubo una reunión del intendente Juan Manuel Llamosas con los colegios profesionales en la que se explicó cómo serán los protocolos sanitarios que se tienen que tener en cuenta para estas actividades.

El encuentro se llevó a cabo en el Salón Blanco de la Municipalidad.

También participó el Consejo Económico y Social, cuya presidenta es Irma Ciani.

“Recibimos la predisposición y el compromiso de cuidar y cumplir las medidas sanitarias establecidas, a los fines de que las distintas actividades profesionales habilitadas puedan desarrollarse”, dijo el secretario de Políticas Sociales Marcelo Bressan.

Por su parte, el titular del Foro de Profesionales de Río Cuarto, Sergio Saleme, señaló: “Estamos comprometidos a volver a trabajar, pero sin que eso signifique de ninguna manera olvidarnos del control”.

En tanto, la dirigente Ciani destacó “el trabajo del Municipio en la confección de protocolos para el desarrollo de las actividades”.

¿Qué dice el protocolo para la obra privada?

-La obra debe cumplir con las medidas dispuestas por el Protocolo de Bioseguridad establecido por el COE Central de la Provincia de Córdoba. Atendiendo especialmente las medidas de bioseguridad en los planos de profilaxis y de acción sistémica.

-Deberá garantizarse la alternancia de los distintos rubros de la construcción (ejemplo: instalaciones, aberturas, albañilería, etcétera). Es decir, realizar la actividad en distintas oportunidades, evitando provocar amontonamiento de personal.

-La compra de materiales deberá tender a realizarse vía online o telefónica y la distribución será efectuada por el corralón o empresa habilitada a tal fin.

-Con relación al punto anterior, las compras serán realizadas dentro del mismo pueblo donde se encuentra la obra.

-Solamente se autoriza a trabajadores residentes en la localidad.

-La cantidad máxima de personal por cada obra no debe ser mayor a 5. En caso de requerirse, por una actividad o etapa constructiva específica, un mayor número de trabajadores, se deberá tramitar con carácter previo ante la oficina de Obras Privadas del Municipio o Comuna la autorización correspondiente.

-El personal no deberá estar trabajando en forma simultánea en un mismo espacio y mantendrá una distancia mínima de 2 metros entre ellos.

-En este sentido, y relacionado con las normas de bioseguridad vigentes, no se permiten los tradicionales “asados de obra”.

-El personal deberá asegurarse de que la ropa de traslado sea distinta que la ropa de trabajo, para lo cual deberá disponer de un cambiador para tal fin.

-El horario permitido para realizar las actividades será de 8 a 14, de lunes a viernes.

-La autoridad municipal y/o el personal del COE Central o Regional (este último bajo la supervisión del COE Central) está autorizado a clausurar y/o restringir cualquier actividad que incumpla las disposiciones del presente protocolo.

-La autoridad municipal o comunal tendrá la responsabilidad del control del cumplimiento del presente protocolo.

¿Qué dice el protocolo para los escribanos, contadores, abogados, arquitectos, ingenieros, agrimensores, corredores inmobiliarios, gestores matriculados y martilleros?

-Se deberá cumplir con todas las medidas de seguridad e higiene que establece el COE a través de sus protocolos de bioseguridad.

-Se prohíbe todo tipo de contacto físico entre cliente y profesional, debiendo garantizarse las medidas de distanciamiento de dos metros e higiene necesarias.

-Deberá intentarse y fomentarse la consulta y la realización de las distintas actividades profesionales mediante medios telefónicos, virtuales y similares, a efecto de minimizar el desplazamiento de los profesionales y de los clientes.

-En caso de ser imprescindible la atención al público de modo presencial, podrá realizarse de este modo sólo dos días a la semana (los cuales deberán estar expuestos en la oficina en lugar visible con la firma del profesional), no pudiendo recibirse más de dos clientes por hora, con turno previo preacordado y evitando toda aglomeración de gente.

-El horario de realización de tareas del profesional en su estudio u oficina, cuando no coincida con su domicilio particular, será restringido, de lunes a viernes de 8 a 16.

-Se prohíbe el tránsito o traslado de profesionales a otras localidades con motivo del ejercicio profesional, autorizándose únicamente a los residentes en la localidad. El desplazamiento se circunscribirá exclusivamente al cumplimiento de sus funciones profesionales y deberá limitarse al espacio comprendido dentro de lo estipulado como “zona blanca”.

-Respecto de los empleados en relación de dependencia no profesionales, se procurará la modalidad de trabajo “home office”. En caso de que los profesionales deban contar imprescindiblemente con la asistencia presencial de sus empleados en relación de dependencia, podrán convocarlos, siempre que no se encuentren en los grupos de riesgo establecidos por las autoridades nacionales, en número no superior al 50% del plantel cuando posean más de un empleado.

Modificaciones

El COE podrá modificar o dejar sin efecto el presente protocolo si de su aplicación se advirtiera que constituye riesgos.