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Facilitan la regularización de deudas impositivas

En el marco de las nuevas medidas, figura un nuevo plan de pagos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) para regularizar deudas tributarias vencidas de todos los contribuyentes, con una tasa menor a las de planes previos y un plazo mayor para cancelarlos.

Las medidas para apuntalar la economía contemplan las deudas de los principales impuestos (como IVA, Ganancias y Bienes Personales) vencidas al 31 de enero, incluidas las retenciones y percepciones impositivas.

Según el texto oficial, el nuevo plan podrá regularizarse hasta en 60 cuotas (los anteriores llegaban a 48 cuotas). Asimismo, la tasa de interés tope para las pymes será del 2,5% mensual, menor que la de los planes previos y muy por debajo de las tasas del mercado.

El resto de los contribuyentes también podrá tener una tasa del 2,5% mensual si realizan un pago inicial del 20% de su deuda.

En tanto, informaron que la primera cuota recién vencerá el 16 de septiembre de este año y que podrán presentarse todos los planes que se deseen, sin límites.

A comerciantes

Señalaron que se acorta el plazo en el que los comercios reciben el dinero de las ventas que hacen por tarjeta de crédito. “Hoy las empresas de tarjetas de crédito les pagan cada venta a los 19 días hábiles de efectuada la operación. Ahora, por resolución del Banco Central, lo harán como máximo en 10 días hábiles”, destacaron.

En esa línea, sostuvieron que los bancos no les van a cobrar más comisión (hoy, de entre 0,5% y hasta 2%) a las pymes por recibirles el efectivo. Esta situación no estaba regulada por el BCRA, que ahora fijará la regulación y prohibirá la comisión.

Estas dos medidas eran reclamadas por cámaras empresarias de todos los sectores de la economía, pero fundamentalmente por los estacioneros, que habían encarado tiempo atrás demandas judiciales y ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia para lograr la medida por esa vía.

Para pymes exportadoras

Se eliminan los derechos de exportación (retenciones) para todas aquellas empresas que exporten por encima de su promedio de exportaciones del año pasado. La medida sólo es aplicable para exportadores de menos de 50 millones de dólares por año.