En los últimos días, el Juzgado Federal de Río Cuarto emitió un fallo para que Osecac le cubriera la totalidad del medicamento que necesita una mujer, cuya identidad se resguardó, para continuar con su tratamiento, que se había complicado porque su organismo no toleró la droga original que le había prescripto la médica y que la obra social había aceptado proveer. Cuando la medicación cambió, Osecac rechazó la decisión y no entregó los medicamentos.
El Juzgado emitió primero una cautelar ante el peligro que una demora implicaba para la salud de la paciente. Y el 13 de marzo dictó la resolución de fondo que ordena de manera permanente cubrir el tratamiento.
Desde Osecac comunicaron que están cumpliendo con la provisión por seis meses que ordenó originalmente el Juzgado. Señalaron que ya hubo dos entregas a la mujer -la droga es Sitagliptina 100 mg.- y que está disponible la tercera en la farmacia de la obra social.
Sin embargo, esa es la cobertura de la cautelar; lo que ahora deberá garantizar Osecac es que la provisión del medicamento se sostenga en el tiempo.
“Los prestadores públicos y privados del servicio de salud deben velar porque las personas reciban atención de calidad. El derecho a la salud física y mental implica también el derecho a tener acceso a los servicios médicos y sociales y a beneficiarse de dichos servicios. No puede obviarse la finalidad que informa a toda la legislación protectora de la salud como pilar básico del derecho a la vida”, señala el fallo que emitió el juez Carlos Ochoa.