El protocolo de las iglesias y templos tiene por finalidad establecer los alcances de la flexibilización fijada por el jefe de Gabinete de Ministros para la apertura de los cultos reconocidos por el Estado, en el ámbito de todo el territorio de la provincia de Córdoba.

Instrucciones generales: los templos de culto podrán abrir sus puertas de lunes a domingo de 14 a 20, no podrán tener una concurrencia mayor a 10 personas, en su interior se podrán realizar las siguientes actividades: oraciones individuales, confesiones, ayuda y orientación espiritual individual y también sacramentos teniendo en cuenta las recomendaciones indicadas en el protocolo.

Cualquier tipo de celebración se realizará con un máximo de 10 personas.

El líder espiritual previamente acordará los turnos para recibir a los fieles que soliciten ayuda, orientación espiritual o confesiones, según el caso.

No deberá haber agua bendita en las pilas.

Asimismo se autoriza la presencia de personal de limpieza, teniendo en cuenta las dimensiones del templo, no debiendo superar en ningún caso la cantidad de 4 personas.