Río Cuarto | personas

Llevan a juicio a los organizadores y al DJ de una fiesta clandestina

La reunión se hizo en Córdoba, con 300 personas, en plena pandemia y sin acatar los protocolos
Elevan a juicio una causa contra los organizadores de una clandestina.  

El Ministerio Público Fiscal informó oficialmente que se elevó a juicio una causa contra los organizadores y el DJde una fiesta clandestina por violar el artículo 205 del Código Penal.

Según comentaron fuentes judiciales a Puntal, la reunión masiva no autorizada “se hizo en Villa Warcalde, Córdoba capital, con la participación de unas 300 personas”.

Tras la proliferación de este tipo de fiestas, empezó a intervenir también la Justicia, a los fines de proceder a las imputaciones correspondientes.

Ello por transgredir la normativa que dice que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

Al respecto, el Ministerio Público Fiscal comunicó que “a través de la Unidad Fiscal de Emergencia Sanitaria (Ufes) solicitó la elevación a juicio contra cinco organizadores de un evento masivo desarrollado en el mes de julio del año 2020 en el local ubicado en avenida José María Eguía Zanón a la altura del 9630 de Barrio Villa Warcalde de la ciudad de Córdoba”.

Yagregó “allí se produjo la violación de las medidas sanitarias vigentes en razón de la pandemia de Covid-19”.

De acuerdo con las fuentes judiciales, “se trata de cuatro sujetos que habitualmente se dedican a realizar espectáculos públicos y de un reconocido DJ”.

“El evento se realizó en un salón de fiestas de la ciudad de Córdoba en momentos en que dicha actividad estaba absolutamente vedada”, agregaron.

Las infracciones fueron:

- Las mesas dispuestas para el público se encontraban ocupadas por más de ocho personas, sin distanciamiento social y sin tapabocas.

- Flujo desordenado de circulación de personas debido a la ausencia de señalética en el lugar.

- Yaglomeración de personas.

Por último, “lo actuado fue elevado a Personas Jurídicas a los fines de que analicen la eventual pérdida de la personería jurídica de la sociedad”.

Marcelo Irastorza. Redacción Puntal