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Se reactualiza el debate sobre la prisión preventiva

Según Zannini y D’Elía, se viola la Constitución.
Al salir en libertad, el exsecretario de Legal y Técnica Carlos Zannini y el líder de Miles, Luis D’Elía, advirtieron sobre el alto porcentaje de personas detenidas con prisión preventiva y subrayaron que esta situación "es una violación flagrante a la Constitución".

Ese problema ya había sido alertado por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (GTDA) de las Naciones Unidas en el informe realizado tras la visita que hizo al país en mayo del año pasado.

Al abandonar el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza, el excandidato a vicepresidente remarcó que recupera la libertad "con el firme compromiso de luchar contra la injusticia de las prisiones preventivas, porque hay gente que está esperando cumplir tres años para salir en libertad, recibiendo un castigo anticipado de tres años y sin juicio".

"El sistema judicial argentino está desbordado por los problemas penales y no da respuesta a la sociedad ni a las personas sospechadas de delinquir. Detrás mío, de los 11 mil presos de la Justicia Federal, el 60 por ciento está sin condena. Eso es una violación flagrante de la Constitución. Es un llamado de atención para que se modifiquen los códigos pensando en los seres humanos que tienen problemas penales", añadió Zannini.

En el mismo sentido se expresó escasos 90 minutos más tarde el líder de Miles, quien insistió en que "el 60 por ciento de la población carcelaria no tiene condena".

"Acá están los hijos de los pobres, de los trabajadores, los hijos del pueblo. No hay ningún pabellón que se llame Panamá Papers. Acá no están los ricos. En la cárcel hay mucho dolor.   Estuve internado en un hospital lleno de cucarachas", se quejó.

Los datos expuestos por ambos dirigentes opositores habían sido reflejados en el informe que realizó el GTDA de las Naciones Unidas luego de la visita que hizo a la Argentina en mayo de 2017.

En el documento elaborado, los integrantes del organismo habían advertido respecto del "uso en exceso de la prisión preventiva".

El GTDA recordó que de acuerdo a la ley nacional 24.390 esa herramienta "debe utilizarse con carácter excepcional" y "luego de haberse considerado ciertos factores relevantes como el riesgo de fuga y el de obstaculizar la investigación, así como la complejidad del caso".

"En vista de estos factores, el fiscal podrá solicitar y el juez imponer una prisión preventiva de duración razonable que, en principio, no debe superar los dos años y, en caso de concurso de delitos o su naturaleza compleja, puede llegar a los tres años", había explicado el comité.

Sin embargo, el Grupo de Trabajo registró en sus recorridas por distintas cárceles del país que "este marco legal no se refleja en las prácticas del Poder Judicial, que tiende a otorgar la mayor parte de las solicitudes de prisión preventiva".